Colombia


Condenan a Édgar Perea a pagar 150 millones de pesos

COLPRENSA

11 de enero de 2012 01:20 PM

Por haber transmitido sin autorización un partido de la Serie Mundial de Béisbol de 2004 entre las novenas de Los Cardenales de San Luis y Medias Rojas de Boston, el  juzgado sexto penal del circuito de Barranquilla ordenó el pago, por parte de Perea, de 150 millones de pesos como multa, y además dispuso una pena de 33 meses de prisión al locutor.
Según el fallo, Perea Arias fue condenado por defraudación de los derechos de autor, al transmitir por la Emisora Mar Caribe el 2 de diciembre del 2004  el partido de la final del Béisbol de Estados Unidos entre Los Cardenales de San Luis, donde militaba en ese entonces Edgar Rentería, y los Medias Rojas de Boston, donde actuaba el también colombiano Orlando Cabrera.
La demanda en ese entonces fue interpuesta por RCN Radio, concretamente por Rubén Darío García, quien gerencia la emisora de la cadena en la capital del Atlántico. La misma alegó que lo hacía porque habían adquiridos los derechos de la transmisión de los partidos de la Serie Mundial de manera exclusiva para Colombia y Perea Arias, violó ese derecho haciéndolo por su propia Emisora.
A esta decisión del Juzgado Sexto de Barranquilla le cabe el recurso de reposición, por lo que desde ya el apoderado del locutor, Neil Medina López,  ha manifestado algunos argumentos en los que manifestando que su defendió actuó de acuerdo a la Constitución de Colombia.
El profesional del derecho argumentó que no sabía cuál ha sido el sustento del juez. “No conozco el texto, pero mi defensa se basó en el derecho de todos los colombianos a informar”. Y que eso lo expresa el artículo 75 de la Constitución Colombiana, que faculta al Estado para que intervenga con el fin de establecer el pluralismo informativo.
Medina López manifestó que Edgar Perea estaba en su pleno derecho de transmitir porque un negocio de empresa privada  no puede estar por encima de la Constitución de Colombiana.
Indicó además, que  la apelación que presentará ante el Tribunal Superior de Barranquilla y allí estará sustentando con argumentos que van en el sentido de que la explotación de este tipo de eventos no puede circunscribirse al contrato entre dos entidades privadas que en el caso de la serie Mundial de Béisbol fueron RCN Radio y Baseball Televisión Inc. que comercializaba internacionalmente los derechos de transmisión.

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