Económica


Corte llama atención a hospitales por casos de accidentes

REDACCIÓN CARTAGENA

24 de diciembre de 2009 12:01 AM

Através de una sentencia, la Corte Constitucional hizo un llamado de atención a las entidades hospitalarias y pres-tadoras de servicios en cuanto a la atención que deben prestar a las personas víctimas de accidentes de tránsito. A juicio de la Corte, a las personas accidentadas no se les puede imponer una carga des-proporcionadas para prestarle los servicios de salud que requiere, ello haciendo referencia a que se ha detectado que en hospitales u otros centros de salud se le exige primero los documentos ó seguros de los vehículos para poder brindarle la atención requerida, lo cual, señala, atenta contra el derecho a la vida. Es por lo anterior que la Corte señala que para prestar el servicio de atención no se prevé necesario la presentación de ciertos documentos, pues tal exigencia no está contemplada en la ley. A esta decisión llegó el alto tribunal al resolver una tutela instaurada por María Fanny Ortiz Ortiz, quien en representación de su esposo, instauro tutela contra la compañía Mundial de Seguros S.A. y una clínica privada, pues consideró que vulneraron los derechos fundamentales. Según la demandante, su esposo como consecuencia de un accidente de tránsito, ha presentado ataques convulsivos y cambios severos en su comportamiento mental relacionados con el trauma craneoencefálico que sufrió. Dijo que a su esposo le han negado la realización de los exámenes médicos y la valora-ción neurológica que requiere, porque le exigen copia de la cédula de ciudadanía y de la licencia de conducción del tomador de la póliza o de la persona que causó el accidente de tránsito. Al resolver la tutela, la Corte ordenó a la clínica practicar todos los exámenes y procedimientos que requiere el paciente para mejorar su condición de salud.

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