Cultural


Objeción de conciencia debe ser plenamente aceptada

EL UNIVERSAL

03 de septiembre de 2010 12:01 AM

"La objeción de conciencia no sólo debe ser reconocido a las personas naturales, sino también por las instituciones de carácter privado que profesen un ideario". La manifestación fue hecha por el magistrado de la Corte Constitucional Jorge Ignacio Pretelt, durante el VI Encuentro de la Jurisdiccional Constitucional, “Diálogos con la Nación”. En ese sentido Pretelt Chaljub, defendió el carácter de derecho fundamental de tiene dicha garantía (derecho a la libertad de conciencia) reconocido en el artículo 18 de la Constitución. Al respecto el jurista fue claro al señalar que "los individuos y las instituciones de carácter privado tienen el derecho a oponerse, por motivos morales serios, al cumplimiento de un deber jurídico". Esta prerrogativa es la que en el plano internacional es conocida como la objeción de conciencia, pero aclaró Pretelt que "para que proceda, se requiere que exista en realidad una convicción profunda del sujeto que la alega". Durante su intervención el jurista hizo un detallado análisis de derecho comparado. En ese sentido resaltó las legislaciones de países como Francia y Estados Unidos donde la objeción de conciencia tiene especial importancia. Al referirse al caso colombiano concluyó que "la jurisprudencia constitucional ha sido regresiva y dubitativa en el reconocimiento de la objeción de conciencia como derecho fundamental". En tal sentido consideró que "podrían tomarse ejemplos de otros países para ampliar el espectro de la garantía" y en tal sentido se refirió a la posibilidad de que el reconocimiento a la objeción de conciencia por parte de hospitales privados, de cara a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, "siguiendo el modelo francés". Finalmente el magistrado señaló que “el juez tiene un papel fundamental en la determinación de los límites de este derecho y es la ponderación la que le permitirá al operador judicial la resolución de los casos concretos”.

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