Ambiente


Ordenan operativos por animales en cautiverio en Cartagena

El Consejo de Estado evidenció un tira y jala que existe entre las autoridades ambientales de la ciudad y el Ministerio del Ambiente a la hora de cumplir con la decisión judicial.
Pero pese a las inconformidades que existen entre ellas, el Ministerio y el EPA deberán darle cumplimiento a la decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar, que además de los operativos, le ordenó al ente nacional que en un plazo de tres meses diseñe, si no existen, las políticas necesarias encaminadas a proteger y conservar las especies silvestres en vía de extinción y en cautiverio.

Genera disgusto
Ante el disgusto generado por estas ordenes, el Ministerio de Ambiente acudió a la tutela contra el Tribunal Administrativo de Bolívar, argumentando la violación a sus derechos fundamentales al debido proceso, de acceso a la administración de justicia y a la igualdad.
La inconformidad con el fallo obedece a que, según el Ministerio, las ordenes debieron dirigirse en su totalidad al EPA ya que es la autoridad ambiental en la ciudad. Además se quejó que en la sentencia se exonera de responsabilidad a Cardique, siendo la máxima autoridad ambiental en la región.
Adujo que Cardique y el EPA indujeron en error al Tribunal, pues, guardaron silencio sobre la existencia de la política pública de Gestión Ambiental para la Fauna Silvestre adoptada por el Ministerio de Ambiente en 1997, a pesar de que era su deber informar que conocían tal normativa.
Pero las autoridades locales también deniegan el cumplimiento de lo ordenado. El EPA argumentó que las aves silvestres están en cautiverio en el perímetro urbano de Cartagena, pero que éstas provienen de zonas que están bajo la vigilancia de la corporación ambiental, por lo que ésta era la encargada de controlar tal situación.
El EPA recriminó al Ministerio por culparle de la omisión de no expresarle al Tribunal las políticas ambientales existentes, señalando que en su defensa debió ser más diligente e informar al respecto por su cuenta y no esperar a que otros lo hicieran por él. 
Por su parte, Cardique se defendió argumentando que no hizo parte dentro de proceso que conllevó a la sentencia, por cuanto la competencia dentro del asunto analizado es exclusiva del EPA.
Argumentó que  la corporación no tuvo oportunidad de poner en conocimiento del Tribunal la existencia o no del documento de la Política Pública de Gestión Ambiental y por lo tanto no pudo haber inducido al error que señala el Ministerio, pero criticó al ente nacional de no haberlo hecho el mismo en su defensa.
Aclaró que es el Ministerio al que le corresponde determinar las políticas ambientales, a las cuales las autoridades locales y regionales deben atenerse.

Decisión del Consejo de Estado
La tutela instaurada por el Ministerio de Ambiente fue denegada por el Consejo de Estado con el argumento que esta acción judicial no puede convertirse en una especie de tercera instancia, pues ella tampoco fue creada para controvertir sentencias judiciales.

Sobre la orden judicial
La acción popular fue interpuesta por el abogado Joaquín Torres Nieves, mediante la cual exigía el cumplimiento de las normas que prohíben mantener animales silvestres en cautiverio.
Al resolver, en segunda instancia, el Tribunal también consideró necesario que se establezcan mecanismos de sanciones para quienes sean sorprendidos con animales silvestres en cautiverio.
En virtud de la acción judicial, el EPA también debe realizar visitas e inspecciones en diversos rincones de la ciudad, principalmente en el Mercado de Bazurto, donde se comercializan abundantes aves.
Reitera el fallo que las acciones no sólo deben focalizarse en el Mercado Bazurto, también en los demás sitios donde se determine que se comercializa o se mantenga en cautiverio aves y otros animales silvestres, pese a que sean con fines científicos, recreativos o culturales.
Según el Tribunal, está demostrado efectivamente que en esta ciudad hay tráfico indiscriminado de especies de fauna en extinción, lo que supone una incidencia negativa para el medio ambiente, porque incluso al tener animales en cautiverio podrían desaparecer otras especies que están libres, porque se interrumpe el ciclo biológico natural de supervivencia.

No responde
Ante este pronunciamiento del Consejo de Estado, El Universal remitió copias de la sentencia de tutela al EPA para obtener una respuesta al respecto y hasta el cierre de esta edición no fue posible.

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