Regional


Tribunal revoca el mandato de Alcalde de Talaigua por inhabilidad

ADRIANA DE LA CRUZ PALLARES

06 de septiembre de 2012 12:01 AM


El fallo se presentó la semana anterior luego de que el tribunal revisara la decisión que hiciera un juzgado administrativo en meses pasados donde se declaraba inhabilitado al mandatario.
Ribón Rodríguez, fue electo en la contienda electoral del 30 de octubre de 2011, sin embargo, el procurador denunció  que el Alcalde electo se desempeñó como Secretario de Planeación durante el periodo de la anterior administración  y “fue encargado varias veces de las funciones de Alcalde, designaciones hechas mediante actos administrativos y proseguidos de la respectiva posesión que acredita el ejercicio de las funciones como encargado. Indicó que el último encargo se hizo en agosto de 2010 inclusive”: reza en el fallo.
De esta manera, en la demanda se adujo que el elegido se encontraba inhabilitado pues, al registrar su candidatura el 29 de julio de 2011, había sido encargado de la Alcaldía el año anterior a la inscripción de postularse para Alcalde.
El juzgado Quinto Administrativo de Cartagena ya había dictado sentencia en mayo de este año declarando la nulidad de la elección y ahora el Tribunal confirma la sentencia en segunda instancia.
El juzgado, en primera instancia, recordó que no se presenta inhabilidad cuando se inscribe la candidatura 24 meses después de haber sido encargado, pero Ribón lo hizo 9 meses después del encargo.
El 14 de junio de este año, sin embargo, el alcalde de Talaigua interpuso el recurso de apelación contra la primera sentencia aduciendo que el reemplazo del Alcalde de entonces había sido por un tiempo definido, siendo así delegado de las funciones no precisamente Alcalde encargado. Por lo que pidió que se revocara el fallo y se negaran las prevenciones de la demanda, sin embargo, el Tribunal terminó por confirmar lo que en primera instancia había decidido el juzgado administrativo.




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