Buzón


Cadenas en los parqueaderos

Solicite, mediante oficio 13724 de la Alcaldía, si las cadenas que hoy en día se están colocando en los parqueaderos para visitantes  en los edificios, es correcto o no colocarlas, la respuesta fue: el Plan de Ordenamiento  Territorial,  en su artículo 236,  establece que los establecimientos  para visitantes de una edificación  no podrán ser vendidos ni cedidos  a ningún título. Serán de uso común  y para el uso de  los visitantes de dicho edificio. Los parqueaderos  de visitantes, accesos y circulaciones  y todas las zonas comunes que por su naturaleza o destino son de uso  y goce general, y no podrán ser objetos  de uso exclusivo.  Por lo tanto, las cadenas  constituyen  barreras arquitectónicas para las personas.
Orlando Martínez P.
C.C.No. 9.075.622 de Cartagena.

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