Buzón


El espacio público

Hace unas semanas el nuevo director de la Gerencia de Espacio Público y Movilidad de la Alcaldía de Cartagena, Adelfo Doria Franco, manifestó ante la ocupación del espacio público en diferentes sitios de la ciudad, que la competencia de dicho espacio, correspondían a los alcaldes locales. Tal afirmación no es cierta. Ya que los decretos 0054 del 4 de febrero de 2005 y el decreto 0916 del 10 de octubre de 2005, le otorgan competencias a los alcaldes locales dentro de su jurisdicción, a la restitución de Bienes de Uso Público, estipulado en el Código Nacional de Policía. Que la recupera-ción de tales bienes, se realiza a través de un acto administrativo, respetando obviamente el debido proceso; que conllevaría a los alcaldes locales a expedir aproximadamente unos 5.000 actos administrativos, para recuperar el espacio público en sus respectivas localidades, que haría difícil la recuperación del espacio público por lo dispendioso. El procedimiento policivo de Restitución de Bienes de Uso Público se lleva a cabo para recuperar los bienes públicos como calles, parques, etc., que su uso pertenece a todos los habitantes, contra las personas que se apoderan de las mismas, con ánimo de señor o dueño, más no es aplicable a los vendedores ambulantes, ya que la ocupación del espacio público es transitorio, para vender sus productos y satisfacer con dicha venta sus necesidades básicas. Es a la Gerencia de Espacio Público y movilidad, la entidad encargada de la recuperación del espacio público en coordinación con la Secretaria del Interior con operativos a través de los brigadistas, aún más ofrecerles alternativas económicas a los vendedores informales, para que generen sus propios ingresos y formalicen su negocio. Julio Peñaranda Jácome C.C. No 73.098.190 de Cartagena

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