Llegan las campañas electorales y esos mismos que van a prometer cumplir con la constitución y la ley, ya empiezan precisamente a desconocer sus más elementales postulados. De manera específica violentan desde ya las normas de carácter ambiental que regulan la publicidad exterior visual. El Artículo 3 de la Ley 140 de 1994 establece que podrá colocarse publicidad exterior visual en todos los lugares del territorio nacional, salvo en algunos, tales como en la propiedad privada sin el consentimiento del propietario o poseedor. Quiero ver cuántos de los candidatos van a pedir permisos, por ejemplo, a las empresas del servicio público de energía eléctrica (que son propiedad privada) para pegar sus afiches en los postes del alumbrado público. Cuántos harán el registro de la misma de que trata el artículo 11 de la ya citada norma. Sería bueno que las autoridades municipales se encarguen, esta vez, de hacer cumplir la ley y sus propios acuerdos municipales sobre la materia, de suerte que lo histórico en estas elecciones no sean los resultados electorales, sino que quienes están por elegirse y por salir, respeten y hagan respetar la normatividad ambiental, para que nuestras ciudades no se llenen de publicidad política basura que luego requiera ser limpiada con el dinero de nuestros impuestos.
Gabriel Pérez Dussán
C.C.No. 80.135.836 de Bogotá D.C.
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