Con relación al aviso de una página publicado en el periódico "El Tiempo" en su edición del domingo anterior, sobre el coronel Alfonso Plazas Vega, sentenciado a treinta años de cárcel por los desaparecidos de la toma del M-19 al Palacio de Justicia, es preciso asegurar que en Colombia no está establecida la pena de muerte y tampoco la desaparición forzada. Además, la justicia para cualquier caso no se puede pedir o tratar de imponer a base de avisos millonarios pues los jueces fallan de acuerdo con las pruebas. En Colombia ningún civil y mucho menos un miembro de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional puede asesinar o desaparecer a nadie. Los miembros de la fuerza pública que incurran en desapariciones y homicidios deben ser castigados de forma severa sea cual fuere su rango. Es inaceptable que algunos miembros, en lugar de velar y coadyuvar al bienestar de la ciudadanía en general, enloden la institucionalidad de la fuerza pública y, peor aún, que desconozcan lo preceptuado en los artículos 11 y 12 de la Constitución, como es el caso de los lamentables "falsos positivos", por cuyos crímenes ya han sido sentenciados varios miembros de la fuerza pública.
Jorge Giraldo Acevedo
C.C.No. 12.528.591 de Santa Marta.
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