Cartagena


Continúa pico y placa para motos en Cartagena

EL UNIVERSAL

05 de septiembre de 2017 03:18 PM

La medida que restringe la circulación de motos, al igual que cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido, continúa en Cartagena.

El decreto se venció el primero de septiembre de 2017, pero bajo la autorización del alcalde encargado, Sergio Londoño Zurek, y el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte -DATT- se firmó un nuevo decreto, que mantiene la medida del pico y placa.

El manifiesto # 1183 del 4 de septiembre de 2017, fue publicado este martes y regirá desde hoy 5, de septiembre, hasta el 31 de agosto de 2018.

Tal y como venía funcionando, los días pares solo circularán motos cuyas placas terminen en número par, es decir, 0, 2, 4, 6 y 8 y los días impares saldrán las terminadas en impares: 1, 3, 5, 7 y 9.

Para extender el decreto, el Datt elaboró el 25 de agosto de 2017, el estudio técnico en el que se recomienda la adopción de medidas restrictivas de circulación de motos, para el mejor ordenamiento del tránsito vehícular, ya que en la ciudad hay cerca 64.201 motos. Es decir, este tipo de vehículos ocupa el 57% del parque automotor de Cartagena, que hasta el año pasado era de 11.868 vehículos. 

El decreto, 1183 de 4 de septiembre de 2017, además establece que: 

*Continúa el “viernes sin motos”, correspondientes a los segundo y últimos viernes de cada mes.

*Se estableció que desde las 11 p.m. hasta las 5 a.m. no podrá circular ningún tipo de moto en ninguna vía de la ciudad.

*Se mantiene la restricción en el ingreso y circulación de motos al Centro Amurallado de la ciudad y al barrio Getsemaní.

*El decreto permite la circulación de motos a la altura del monumento de la India Catalina, avenida Luis Carlos López, en el Centro.

*Se prohíbe el estacionamiento de motos en parqueaderos de las edificaciones de uso público, tales como bancos, estaciones de gasolina, clubes, entidades públicas y en todas las vías del Distrito.

De estas medidas, el decreto exceptúa a los miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, personal de entidades estatales, de organismos de socorro, escoltas, personal de seguridad privada, empresas de mensajería, mensajeros vinculados por contratos de trabajo,  empresas de servicio público domiciliario, restaurantes y droguerías, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones y porten carné original y el permiso del Datt. 

Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS