Cartagena


Desde el próximo lunes cambia pico y placa para taxis y particulares

REDACCIÓN CARTAGENA

23 de noviembre de 2015 10:35 AM

Tal como lo dispone el decreto 1132 del 31 de agosto de 2015, desde este 30 de noviembre empieza la nueva rotación del pico y placa de vehículos particulares, según informó el Departamento Admisnitrativo de Tránsito y Transporte, Datt. 

El Datt indicó que el decreto entró a regir desde el 31 de agosto de 2015 hasta el 6 de septiembre de 2016 en toda la ciudad en horario de 7 a.m. a 7 p.m. 

Este segundo trimestre se inicia este 30 de noviembre de 2015 y culmina el 26 de febrero de 2016.

El segundo trimestre, que opera en diciembre, enero y febrero, quedará así:

ROTACIÓN DE PICO Y PLACA PARA TAXIS

La nueva rotación del decreto de pico y placa para taxis en Cartagena, también rige a partir del lunes 30 de noviembre. De acuerdo con el decreto 0001 del 2 de enero de 2015, que está vigente hasta el 2 de enero de 2016, cada mes se rotará de numeración de placas de los taxis. Seguirá rigiendo durante las 24 horas de lunes a viernes.

La nueva rotación estará vigente hasta el 05 de enero de 2016 e inicia de la siguiente manera:
El pico y placa de taxis quedará así:

El decreto autoriza la movilización de taxis en pico y placa solo para que realicen el mantenimiento respectivo. En todo caso deberán circular sin las sillas traseras y con un aviso colocado en el parabrisas con el aviso “vehículo en mantenimiento por pico y placa”.

SANCIONES:

Será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes el conductor y/o propietario de vehículo automotor que transite en días prohibidos, además el vehículo será inmovilizado.

PERMISOS
El Decreto exceptúa a los miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, vehículo de uso exclusivo de alcaldes locales, secretarios de despachos de la Alcaldía y Gobernación y de directores de Departamento Administrativos del orden Distrital y Departamental, de organismos de socorro, escoltas, personal de seguridad privada siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones y porten carné original.

También están exentos, entre otros, los vehículos de empresas de servicios públicos, vehículos de personas con discapacidad o que los transporten, siempre y cuando cumpla con la norma establecida, vehículos que distribuyan medicamentos y alimentos.

Los interesados en permisos  deberán  presentar a la Dirección del Datt, la solicitud correspondiente con copia de la documentación en regla del vehículo y del conductor, así como el Paz y Salvo por todo  concepto. Ello no supone aceptación por parte de la autoridad de tránsito.

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