Cartagena


“Desplome en Blas de Lezo: una tragedia anunciada”

Uno de los principales interrogantes que surge tras el desplome del edificio Portales de Blas de Lezo II es qué entidad se encarga de hacerle seguimiento a las construcciones civiles y de qué forma ejerce el control.

Según el decreto 1110 del 1 de agosto de 2016, el director administrativo de Control Urbano es quien que tiene todas las competencias en el ejercicio de vigilancia durante la ejecución de las obras, con el fin de asegurar el cumplimiento de las licencias urbanísticas y de las normas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT). Además, esta figura administrativa tiene la potestad de imponer sanciones por infracciones urbanísticas y de hasta demoler la obra en el caso que esto sea necesario.

Cabe resaltar que el director de Control Urbano adquirió estas competencias después que el alcalde Manolo Duque le quitara esta función a los alcaldes locales, quienes tenían esta responsabilidad, lo cual estaba plasmado en el decreto 0550 del 1 de abril del 2016.

“Control urbano: sin control”
Reynaldo Tovar, director  ejecutivo de Transparencia Caribe, veeduría ciudadana, le aseguró a El Universal que después de recorrer varios proyectos que se construyen en la ciudad y al notar la informalidad en estas obras, como lo es el hecho de no ver los avisos de las licencias de urbanismo, le solicitó al director administrativo de Control Urbano un balance de todas las construcciones que se realizan en Cartagena, pero la respuesta del funcionario fue que no contaba con personal y mucho menos maquinaria para hacer estos procesos, que son inherentes a su misión.

“El 2 de diciembre del año pasado hice una petición al director de Control Urbano para que presentara una relación de las licencias de urbanización, de parcelación, de subdivisión y de construcción de todas las obras de la ciudad desde el primero de enero del 2015 hasta la fecha.

“Al no obtener una respuesta, procedí a interponer una acción de tutela, donde contestó que los datos solicitados no se tabulan en esa dirección administrativa, razón por la cual su recaudo demandaría de un esfuerzo de recurso humano, tiempo y recursos tecnológicos de los que carecen.

“La inquietud que queda es cómo el alcalde considera conveniente delegar en el director administrativo de Control Urbano la función de hacer vigilancia sobre las obras cuando ni siquiera tienen un computador o el personal suficiente para hacer estos procesos. Si no puede tabular, ¿cómo van a poder hacer que se cumpla la ley?
“Además, nos preguntamos dónde están los estudios, la fundamentación fáctica y jurídica para que el alcalde considere que la mejor opción era quitarle las funciones a los alcaldes locales cuando cuatro meses antes había dicho lo contrario, que era conveniente entregarle esta responsabilidad a estas figuras”, expresó Tovar.

Sin herramientas
Algo similar le ocurrió a Tovar con el Ministerio del Trabajo, Seccional Bolívar, entidad a la que le pidió un balance de las inspecciones hechas en las construcciones de toda la ciudad, con el fin de que los contratistas le cumplan a los obreros con las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo.

“Al Ministerio de Trabajo Seccional Bolívar le compete una obligación legal de hacer inspección para mirar el sistema de seguridad en salud y trabajo de las obras que se ejecutan en la ciudad.

“Queríamos saber qué inspecciones había hecho y de las que no había realizado queríamos una justificación. Tampoco nos contestaron, por lo que tocó tutelar. La respuesta del Ministerio del Trabajo luego fue que ‘no cuentan con talento humano suficiente para abarcar la totalidad de las obras que se están ejecutando en su jurisdicción, las cuales se desconocen, sumando el volumen de trabajo que tiene esta entidad’, lo que nos demuestra que tampoco hay un seguimiento de las condiciones laborales de los trabajadores”, concluyó Tovar.

No se deje engañar
El curador No 1, Ronald Llamas Bustos, le explicó a El Universal que son muchas las señales para identificar si las vallas de las licencias que exponen en las obras son falsas o no.

- Estas deben tener una dimensión de 1:00 m x 70 cms.

- El aviso es de fondo amarillo con letras negras.

- El logotipo de la Curaduría No 1 es fondo azul rey con letras y líneas negras.

- Este debe ser instalado en un lugar visible desde la vía pública, para advertir a terceros la iniciación del trámite administrativo tendiente a la expedición de la licencia urbanística de construcción.

- El número de radicación debe empezar con el número 13001.

Llamas Bustos aseguró que en el caso de notar alguna anomalía en el aviso la recomendación es guardar el número completo del radicado y llevarlo hasta las instalaciones de la Curaduría para verificar si es genuino o no.

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