Cartagena


Director del DATT habría incurrido en desacato

Una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales y una investigación ante la Fiscalía son las sanciones que el Juez Quince Civil Municipal de Cartagena impuso contra Edilberto Mendoza, director del DATT, al considerar que el funcionario incurrió en desacato.

Esta decisión se emite como parte de una tutela, interpuesta por Carlos Jiménez Rodelo, quien alegó violación al derecho de petición cuando solicitó a la entidad información sobre nueve fotomultas impuestas y no recibió respuesta.

Pese al fallo de tutela a su favor, el accionante no obtuvo contestación a su derecho de petición.

“Ante el silencio del obligado a cumplir la orden de tutela salta a la vista el incumplimiento (...) no se justificó en lo absoluto, por lo que se advierte la existencia de un elemento subjetivo de la responsabilidad del accionado”, reza el documento de desacato.

Alcides Arrieta, abogado de Jiménez Rodelo, indicó que “este caso revela que las fotomultas son un negocio que está atacando el patrimonio de los ciudadanos. Es muy complicado recibir información de la entidad sobre estas multas, parece que hay un blindaje para proteger ese negocio”.

El abogado considera que la actuación del DATT configura un delito: “para nosotros este es un prevaricato por omisión, porque ni por petición ni por tutela ni por desacato se le brinda la información al ciudadano, que lo único que puede hacer es acudir a la vía jurídica, si no está obligado a pagar”.

Arrieta indicó que su cliente aún no recibe la información solicitada a la entidad.

“Desacato es por un error”

Un funcionario de la Oficina Jurídica del DATT explicó a El Universal que el incidente de desacato obedece a un error al momento de radicar las contestaciones.

“Por un error de terceros, que podría ser asignado al despacho del juzgado o a la entidad accionada, los documentos de respuesta que presentamos en el término de ley, no se tuvieron en cuenta para el fallo porque se consignaron en el expediente de la tutela ya fallada y no en el desacato”.

El representante del DATT afirmó que la entidad también es víctima, pues al no tener en cuenta las contestaciones se le vulneró el debido proceso, por lo que la sanción contra el Director es injusta.

“Ya expusimos esta situación ante el juzgado y ellos reconocen que existió una irregularidad y aparecieron las contestaciones”.

La decisión está en consulta ante un juez del Circuito de Cartagena, quien decidirá si corresponde o no el desacato.

Revocaron cinco fotomultas

El DATT indicó que el accionante fue notificado personalmente de las nueve fotomultas y no presentó oposición en el término legal.

Sin embargo, luego se hacer una revisión al caso la institución decidió revocar cinco comparendos mediante resolución, por “errores al incorporar la información en la base de datos del sistema de la concesión de la fotomulta”.

Debido a esto, el conductor solo debe pagar cuatro de las nueve fotomultas que le fueron impuestas.

El funcionario de Jurídica del DATT señaló que ya le fueron enviados los documentos de la fotomultas al peticionario y que “fuimos más allá al revocar las multas que no correspondían”.

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