Cartagena


Dueños de apartamentos en otros 14 edificios de Cartagena perderían la propiedad

ELEANA MARTELO TIRADO

08 de agosto de 2017 01:39 PM

El tema de las construcciones en Cartagena sigue dando de qué hablar. Además de los dueños de apartamentos en Portal de Blas de Lezo I que perderían su propiedad al anularse las escrituras de sus inmuebles, por estos haberse construido de manera ilegal, se conoció que la misma suerte correrían los propietarios de apartamentos en 14 edificios más en la ciudad.

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Así lo confirmó el superintendente de Notariado y Registro, Jairo Mesa Guerra, en diálogo con este medio. El funcionario sostuvo que "se tiene que revocar la propiedad de las inscripciones y los dueños van a perder la propiedad de sus apartamentos, porque están basados en una licencia falsa y no existe el documento, la escritura está viciada y el registro no puede existir, así que no pueden ser propietarios de los mismos. Tienen que ir a la Fiscalía a denunciar a los constructores".

ElUniversal.com.co tuvo acceso al oficio, de más de cuatro páginas, que la Supernotariado envió, el pasado 3 de agosto, a la Oficina de Instrumentos Púbicos de Cartagena en el que le pide a la entidad que "proceda a iniciar las actuaciones administrativas con el consecuente bloqueo de los folios de dichos apartamentos (...) "

Edificio Brisas de Los Alpes, Edificio El Campestre, Edificio Brisas de Blas de Lezo, Edificio Villa Mary (Blas de Lezo), Edificio Marsella de Chipre, Edificio Alpes 31, Edificio Portales de Los Caracoles, Edificio Villa Natalia II (Nueva Granada) y el Edificio Villa Country (Parque Residencial El Country), son algunos de los inmuebles que se verían afectados con la medida de la Superintendencia.

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Así mismo cobija a Urbanización Villa Victoria (Ternera), Edificio Villa Sofy, Urbanización Villas de la Victoria, Edificio Villa Mary (El Recreo), entre otros. En total, según aseguró el superintendente a este medio, son 162 apartamentos en 15 edificios de Cartagena a los que se les anularían las escrituras.

Mátriz de licencias falsas

La Superintendencia de Notariado y Registro realizó un diagnóstico sobre las licencias urbanísticas que tenían tránsito en las notarías y la Oficina de Registro, tomando como piloto las Curadurías 1 y 2. Todo esto, partiendo del caso de falsedad orquestado por Wilfran Enrique Quiroz Ruiz en sus construcciones.

"Se realizó una búsqueda nacional, a través de la función denominada 'Consulta de Indices', del Sistema de Información Integral, con el fin de determinar otros folios de matrícula inmobiliaria que pudieran estar dentro de la misma situación descrita. La búsqueda arrojó 37 resultados, entre los cuales, se evidenció que el derecho de dominio, en algunos casos, era compartido con los señores María de las Nieves Quiroz Ruiz y Luis Fernando Quiroz Rivera, quienes al ser consultados, el sistema reportó otros 19 folios", indica el informe.

Una vez determinados los inmuebles y el registro de actos asociados a licencias urbanísticas-añade- "la lista se redujo a 15 predios sobre los cuales se había constituido Régimen de Propiedad Horizontal, procediéndose a la comparación de la licencia protocolizada en el acto registrado y la licencia expedida por la Curaduría, determinándose que en los quince casos las licencias registradas son presuntamente falsas".

En ese análisis, la entidad hace alusión al predio en el que se levantaba la obra que se desplomó, Portales de Blas de Lezo II, que estaba sujeto a trámite de licenciamiento.

"Se registra una división material, es decir, un acto sujeto a trámite de licenciamiento, que de acuerdo a la ley debía protocolizarse en el acto jurídico de división, que fue registrado a través de la Escritura Pública No. 546 del 28 de febrero de 2011, cuyo anexo es la licencia en la modalidad de Subdivisión No. 137 del 29 de abril de 2010 de la Curaduría Segunda, a favor de la señora Morales de Pautt Leonarda y Pautt Argel Manuel, que al ser cotejada con la expedida por la Curaduría, se estima que el documento podría ser falso", dice en otro aparte el informe.

Licencia protocolizada en la escritura

Licencia que aparece en la página web de la Curaduría

Respecto a Portal de Blas de Lezo I, con folio de Matrícula Inmobiliaria No. 060-33515, se indica que se registró en la Notaria Séptima de Cartagena con escritura pública No. 2139 del 18 de julio de 2016, en la que se protocolizó la “Licencia No. 0081/2016 de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva y Demolición Total”. Sin embargo, "al ser comparada con la Resolución No. 0081 de 2016 expedida por la Curaduría Segunda, se observa que el contenido del documento protocolizado no guarda relación con el expedido por la Curaduría, en cuanto al tipo de licencia, solicitante y expediente".

Licencia protocolizada en la escritura realizada

 

Licencia publicada en la web de la Curaduría 2

Notificación al alcalde

El superintendente Jairo Mesa Guerra precisó que en la tarde de este martes estará enviando un oficio al alcalde (e) Sergio Londoño Zurek, para que "tome las acciones administrativas con estas edificaciones ilegales y evalúe cuáles cumplen las normas para otorgarles licencia, y cuáles no para desalojar a sus ocupantes. Este es un problema grave, muy grave que tiene Cartagena".

¿Qué pasará con los propietarios?

La pregunta que se hacen muchos cartageneros es qué va a suceder con todos esos propietarios que invirtieron sus ahorros e hicieron préstamos bancarios para obtener sus apartamentos.

Frente a este interrogante, la Superintendencia respondió que: "ellos se quedan sin garantías y los bancos sin hipotecas, porque al estar basada la escritura en un documento falso la hipoteca también. Entonces, a los bancos les tocaría buscar otro medio de garantía o perder los créditos porque esas personas no tendrían como pagarlos".

¿Y los notarios y curadores?

La entidad fue clara en advertir que intepondrá una queja ante la Procuraduría General de la Nación para que se inicien las investigaciones disciplinarias a los notarios que tramitaron las licencias falsas y aquellos funcionarios que les correspondía vigilar estos procesos.

DATOS

*Acto jurídico de división: Es el trámite que se realiza después de expedida la licencia y que implica hacer las escrituras de propiedad horizontal, para que posteriormente la Oficina de Instrumentos Públicos asigne un registro de matricula inmobiliaria a cada apartamento.

*División material: Es cuando de un inmueble se construyen varios.

* Subdivisión de registro: A los apartamentos se les asignan números de matricula inmobiliaria diferentes a la matriz que inicialmente tenía el predio, antes de hacerse la division material del mismo.

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