Económica


Conozca los nuevos derechos del consumidor en Colombia

COLPRENSA

15 de septiembre de 2011 08:29 AM

En una gran parte de los almacenes colombianos, en época de ofertas, es usual observar un letrero que le indica a los compradores “prendas u objetos en promoción no tienen cambio”. Con esta frase el propietario del establecimiento se excusaba de cualquier reclamo.
Hoy, gracias a la aprobación definitiva del Estatuto del Consumidor, que pasó el martes en la noche a sanción presidencial, esto cambiará. De ahora en adelante, quienes compren productos en promociones y ofertas tendrán los mismos derechos de calidad y garantía que cualquier otro producto.
Pero esta no es la única novedad de la nueva Ley, cuya finalidad es proteger al consumidor, también se introdujeron cambios como la eliminación de todo tipo de cláusulas abusivas.
“Considero este punto fundamental y revolucionario porque la letra pequeña ya no será lo que quiera imponer el proveedor”, dijo Fernando Flórez, director de la Fundación para la Defensa del Consumidor en Cali.
Destacó que con el nuevo Estatuto, todos los sectores de la economía quedan cubiertos, por ejemplo, rige para la compra de vivienda, para ventas por medios no tradicionales como el comercio electrónico y anexa protecciones para la adquisición de artículos usados.
El presidente de la Cámara, Simón Gaviria, dijo que con esta ley, que entrará en vigencia en seis meses, Colombia es pionero en la defensa de los derechos de los ciudadanos.
SIN PUBLICIDAD ENGAÑOSA
- El nuevo Estatuto del Consumidor prohibe la publicidad engañosa (aquella cuyo mensaje no corresponda a la realidad o sea insuficiente, de manera que induzca a error).
- Los establecimientos pueden ser sancionados con multas hasta por 2.000 salarios mínimos o someterse al cierre de los mismos.
- La información mínima que debe tener cada producto será: modo de uso, cantidad, peso o volumen, la fecha de vencimiento, datos relacionados con las garantías, el precio en pesos incluidos todos los impuestos.
- El costo debe estar en lugar visible y el consumidor sólo estará obligado a pagar el precio anunciado.
PROMOCIONES Y OFERTAS
- Las promociones y las ofertas están sujetas a la misma protección y garantías de cualquier otro producto.
- Las condiciones de tiempo, modo, lugar y cualquier otro requisito para acceder a la promoción y oferta, deberán ser informadas al consumidor en la publicidad.
- Cuando se ofrezcan productos imperfectos se debe indicar dicha característica en forma precisa.
- Quedan prohibidas las ventas atadas. Es decir, no se podrá condicionar la adquisición de un producto a la compra de otros. Tampoco se podrá condicionar el recibo de un incentivo o premio a la aceptación de un término contractual.
NO MÁS ABUSOS EN CONTRATOS
- El Estatuto del Consumidor elimina cláusulas abusivas como:
- Las que limitan la responsabilidad del vendedor.
- Aquellas que implican que una persona renuncie a sus derechos.
- Las que obligan el pago de intereses no autorizados legalmente.
- Las cláusulas de renovación automática, que son usuales, por ejemplo, en la compra de seguros de vida, o en contratos de telefonía móvil.
- También quedan prohibidas cláusulas que impongan sanciones por terminación anticipada de un contrato.
- O aquellas que exijan muchos requisitos para poder dar por concluido un contrato.
COMERCIO ELECTRÓNICO
- El Estatuto reglamenta las ventas por canales no tradicionales como el comercio electrónico o tele ventas.
- Exige información precisa del producto que se adquiere y un resumen del pedido con su descripción completa, el precio, costos adicionales, antes de cerrar la transacción.
- El comprador tiene cinco días para reversar la compra si recibe el producto que no pidió o está defectuoso.
- Quien realice ventas a distancia debe cerciorarse de la entrega del bien y permitir que el consumidor haga reclamaciones.
GARANTÍAS
- Es la obligación del proveedor de responder por la calidad de los productos. De no estipularse, el término será de un año para productos nuevos.
- Los artículos usados tendrán garantía por tres meses.
- Para los bienes inmuebles la garantía legal comprende la estabilidad de la obra por diez años, y para los acabados un año.
- El consumidor tiene derecho a la reparación gratuita de los defectos del bien o la devolución del dinero.
- En los contratos de seguros, se debe dejar claro el contenido de la cobertura, de las exclusiones y de las garantías.
RECLAMACIONES
Los reclamos del consumidor ante el proveedor pueden realizarse de forma verbal; sin embargo, las organizaciones de apoyo al consumidor recomiendan que sea por escrito. De no dar resultado, se debe acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio.
EL CLIENTE TIENE LA RAZÓN
- Debe recibir productos de calidad y que sean seguros y no atenten contra la salud.
- Tiene derecho a la información completa y veraz y a la protección contra la publicidad engañosa y las cláusulas abusivas.
- Debe verse en igualdad de condiciones, eso significa ser tratado equitativamente y no de manera discriminatoria.
DEBERES DEL CONSUMIDOR
- Informarse respecto de la calidad de los productos, así como de las instrucciones que suministre el productor en relación con su adecuado uso o consumo.
- Obrar de buena fe frente a los proveedores y a las autoridades públicas.
- Cumplir con las normas sobre reciclaje y disposición de desechos de bienes consumidos.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS