La Corte Constitucional le ordenó al Estado ajustar las pensiones de los trabajadores oficiales jubilados desde 1987 hasta 1990.
Dicha determinación surge luego de que esa corporación judicial fallara un demanda que obliga al Estado a “indexar”, es decir, ajustar las mesadas pensionales para quienes se jubilaron antes de 1991.
Para el demandante, era necesario que se ajustaran las pensiones argumentando que se estaba violando el derecho de igualdad entre los trabajadores del Estado y los privados.
El alto tribunal agrega que a los trabajadores oficiales no se les tuvo en cuenta algunos factores salariales al momento de liquidar sus pensiones como primas técnicas, gastos de representación y viáticos entre otros.
