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Viernes 24 de mayo de 2013 Ediciones anteriores |
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El próximo año se pagará la tercera y cuarta cuota del Impuesto al Patrimonio.Mediante el decreto 4907 el gobierno nacional presentó el calendario con los vencimientos para los impuestos de Renta, Iva, Patrimonio, gravamen a los movimientos financieros y retenciones en la fuentes , durante el próximo año.
Para la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios las personas naturales que deseen pagar en una cuota y del anticipo lo podrán hacer del 1 de marzo del año 2012 y vence en las fechas del mismo año, según corresponda a los dos últimos dígitos del NIT .
En el caso de los grandes contribuyentes los plazos inician el primero de marzo y vencen entre el 11 y 24 de abril de 2012, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Las personas jurídicas, los plazos para presentar y declarar se establecieron de la siguiente forma. Se inicia el primero de marzo y vencen el 25 de junio de 2012 y la declaración y pago hasta el 25 de junio del próximo año.
En el caso del impuesto al patrimonio la cuota tres, los plazos van desde el 9 de mayo al 23 de mayo y la cuarta cuota del 10 de septiembre y el 21 de septiembre.
Los asalariados estarán obligados a pagar renta quienes en el 2011 hayan registrado un patrimonio bruto de 113 millones 94 mil pesos, ingresos totales por $ 102.363.000, consumo de tarjetas de 70 millones 370 mil pesos o consignaciones por 113 millones 94 mil pesos.
Los trabajadores independientes que hayan registrado un patrimonio bruto de 113 millones 94 mil pesos, ingresos totales por 82 millones 936 mil pesos y consumos o compras por 70 millones 370 mil pesos.