Hasta el 30 de abril de este año amplió el Gobierno Nacional el plazo para que los apartamentos y viviendas que se arriendan para uso turístico se inscriban ante el Registro Nacional de Turismo. Después de esa fecha, sólo los registrados podrán prestar ese servicio, pero igualmente deberán pagar toda una carga impositiva y parafiscal que exige su formalidad. La medida fue estipulada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, como una estrategia para ponerle orden a la llamada “hotelería informal” que compite, en condiciones diferentes, con la hotelería formal.
Económica
Para arrendar a turistas hay que registrarse
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