Editorial


Dudas en la inscripción de candidatos

La situación de los candidatos que participarán en las elecciones de octubre próximo y que se han visto enfrentados a diferentes escollos jurídicos es un reto tremendo para el Consejo Nacional Electoral (CNE), porque no existen antecedentes ni jurisprudencia que permita resolver situaciones parecidas.
Por un lado están los que se inscribieron por un partido o movimiento político y cuyo aval les fue retirado a última hora, o los que recibieron el aval por un partido que modificó su naturaleza jurídica; y por el otro, los que tienen antecedentes disciplinarios o fiscales que vencen antes de la fecha en que tendrían que posesionarse, pero cuya inscripción fue aceptada por la Registraduría.
Los partidos le entregaron al CNE solicitudes de anular la inscripción de 1.700 candidatos a cargos uninominales o a corporaciones, pero los miembros del alto tribunal no han encontrado argumentos jurídicos para resolver este problema, ya que la reforma política no se refiere a estos casos, sino a la inhabilidad o a la doble militancia.
En cambio, la revocatoria de los casos de candidatos con antecedentes activos o cualquier otra inhabilidad y los de doble militancia no tiene mayor problema, por lo cual el CNE estableció un procedimiento el pasado 18 de agosto, donde se daba un plazo de 5 días, desde la fecha en que se vencía el término para modificar la inscripción, para reclamar.
De manera que sigue en discusión el caso de esos 1.700 candidatos a quienes sus partidos les retiraron el aval, mediante lo establecido en sus estatutos respectivos en torno a la obligación de retirar el apoyo a quienes lesionan sus intereses y principios y los de la sociedad.
En Cartagena hay dos casos de candidatos a la Alcaldía, cuya resolución es difícil debido a la ambigüedad de las normas y a la falta de jurisprudencia: uno se refiere a los antecedentes disciplinarios que incluyen una suspensión que no ha vencido; y el otro es un partido que cambió su nombre y estatutos hace menos de seis meses.
En el primer caso, se discute si la suspensión disciplinaria de un candidato, que se vence antes de la fecha de posesión, puede considerarse una inhabilidad para revocar su inscripción, en caso de ser elegido. En el segundo, si el aval entregado a un candidato por un partido que cambió de nombre y estatutos hace menos de seis meses es ilegal, porque se trataría de un partido nuevo y para representarlo, sus líderes deben tener una militancia de ese tiempo como mínimo.
Confiamos en que la semana entrante sean resueltos estos dos casos y los demás puestos a consideración del CNE, para evitar escollos que hagan dudosa la transparencia de las elecciones del 30 de octubre, donde se escogerán alcaldes, gobernadores, concejales y diputados en todo el país.
Sin embargo, queda la inquietud de que la reforma política dejó por fuera muchas situaciones que pueden dar lugar a irregularidades en la inscripción de candidatos, las cuales deben ser aclaradas por la Registraduría antes de permitir esas inscripciones, y no cuando se haya cumplido la elección.

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