Editorial


Homicidio culposo, sobre ruedas

Cartagena tiene problemas graves de movilidad causados principalmente por una falta de educación generalizada, agravados a su vez por una infraestructura deficiente. No sólo tenemos pocas vías, que además son estrechas, sino que están en mal estado porque llevan décadas con poco o ningún mantenimiento, y porque la reparación de muchas de ellas quizá era vista como la “vaca lechera” de algunos personajes. El crecimiento desmedido de la ciudad, incluyendo la avalancha de vehículos que intenta transitar sin disciplina sobre las vías insuficientes y en estado malo, ha incrementado cada año las fatalidades ocurridas por atropellamiento y por accidentes de tránsito. Las motos, por supuesto, son las campeonas de la accidentalidad. A todo lo anterior se suma la irresponsabilidad de manejar habiendo tomado alcohol, que ayuda a que los accidentes sean peores y más frecuentes. Manejar embriagado es una práctica común a todos los estratos, y no se le puede achacar a los conductores de servicio público, aunque allí las consecuencias puedan ser peores en costo de vidas porque transportan más personas al tiempo. Pero ya hemos visto ejemplos permanentes de accidentes que involucran a vehículos privados, con consecuencias funestas. La única buena noticia en este campo es la modificación del artículo 110 del Código Penal, llevada a cabo mediante la Ley 1326 de 2009 (julio 15), que describe circunstancias para la “agravación punitiva para el homicidio culposo”, lo que podría poner a pagar entre 30 y 40 años de cárcel a un conductor cuya irresponsabilidad cause la muerte a sus pasajeros, peatones, o a los viajeros que van en otros vehículos. El artículo 110 tiene como primer punto el siguiente: “Si al momento de cometer la conducta el agente (conductor) se encontraba bajo el influjo de bebida embriagante o droga o sustancia que produzca dependencia física o síquica y ello haya sido determinado para su ocurrencia, la pena se aumentará de la mitad al doble de la pena”. Es notorio que en la ciudad, y suponemos que en buena parte del país sucede igual, esta ley no ha sido tomada en serio, omisión que podría resultar en un encarcelamiento inesperado por delitos que antes tenían escapatoria relativamente fácil. Las autoridades no han sido diligentes en hacer cumplir la ley de conducir sin tomar trago, pero con seguridad la harán cumplir los abogados de las víctimas fatales de conductores borrachos, trabados con sustancias psicotrópicas, o con ambas cosas. También le podría suceder a cualquier ciudadano, aun a los bebedores ocasionales. Los accidentes son eso: suceden inesperadamente. La violación a la ley es evidente todos los fines de semana, y también es obvio que la Policía ve a los infractores y no les aplica el alcoholímetro ni los sanciona más allá de una amonestación verbal cuando hacen ruido con los equipos de sus autos, precisamente porque están borrachos. Es imperativa una campaña oficial para dar a conocer esta ley, que debería disuadir a los asesinos potenciales al volante de seguir conduciendo cuando han bebido alcohol.

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