Editorial


La Ley de Seguridad Ciudadana

Entró en vigencia desde ayer la Ley de Seguridad Ciudadana, al ser sancionada por el presidente Juan Manuel Santos, quien consideró que la norma ayudará a cambiar el paradigma de la inseguridad en el país y mirar el futuro con mucho más optimismo.
Según Santos, la Ley de Seguridad Ciudadana es un complemento de la política de Seguridad Democrática impulsada por el expresidente Uribe, y dotará a las autoridades de instrumentos más eficaces para luchar contra el narcotráfico y la violencia en los sectores urbanos, y a la Fiscalía mayores plazos y oportunidades para la recolección de pruebas y testimonios que enriquezcan la investigación y que respalden la imputación de cargos y finalmente el castigo a los delincuentes.
Con la entrada en vigencia de la Ley, se oficializan modificaciones importantes al Código Penal, al Código de Procedimiento Penal y al Código de Infancia y Adolescencia, entre ellas la imposición de penas más drásticas y el establecimiento de facilidades y plazos más amplios para que la Policía realice su trabajo y los fiscales cuenten con elementos más contundentes para cumplir su tarea.
Se integra a la Policía, por ejemplo, en la vigilancia de procesados con detención domiciliaria; se permiten allanamientos después de las seis de la tarde; se introducen los jueces de control de garantías de reacción inmediata y se extiende la duración de las interceptaciones.
Para evitar la manipulación de procesos, se amplió el número de causales para el cambio de radicación de los procesos y traslado de los imputados con medida de aseguramiento.
La Ley de Seguridad Ciudadana se enfocó principalmente en el combate a la delincuencia criminal asociada con el narcotráfico y el microtráfico, y en particular en las fuentes financieras, penalizando maniobras, hasta ahora ambiguas en cuanto a su legalidad, de lavado de dinero ilícito, y agilizando los procesos de extinción de dominio y disposición de los bienes incautados para su venta inmediata.
Pero se ocupó igualmente de combatir la actividad delincuencial asociada con las bandas criminales, tipificando, entre otros, delitos como el bloqueo de vías; la manipulación, reprogramación o modificación de celulares; la venta ilícita de autopartes y de medicamentos y el tráfico de elementos usados para fabricar armas de fuego artesanales.
Todos estos cambios buscan que la justicia reprima y castigue comportamientos criminales antes impunes, y aquellos asociados con las nuevas tecnologías o con nuevas formas de organización social, que no se contemplaban en los códigos penales.
En términos generales es una Ley que, en el papel, permite enfrentar enérgicamente las nuevas fortalezas y métodos de los grupos delincuenciales, y hace menos engorroso el trámite de enjuiciamiento y castigo de quienes perpetren actos delictivos.
Sin embargo, como ya ha ocurrido antes, la imposición de sanciones más duras y la facilitación de los procedimientos de investigación y enjuiciamiento no producirán por sí mismos éxitos mayores en la lucha contra el delito, si no hay un cambio de mentalidad y mayor voluntad en quienes se encargan de reprimir, investigar y castigar los actos ilegales.

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