Editorial


La realidad cruda de la leche

El Gobierno nacional comunicó ayer que expidió el Decretó número 1880 de mayo de 2011, anotando los requisitos para vender leche cruda destinada al consumo humano directo en Colombia. 

La venta informal de leche cruda está en la mira de los gremios de la lechería y del Gobierno. Ambos esgrimen una razón válida: la salud pública. Y también es una competencia desleal para los ganaderos formales que invierten en su conservación y calidad.
En la Costa Caribe, la leche comienza su recorrido de la vaca al productor –una odisea en muchas partes -, a las 4 de la mañana o antes en los sitios más alejados de una carretera pavimentada, o al menos, transitable. Si es invierno, los carreteables se vuelven trochas y las vacas deben ser ordeñadas aún más temprano.
La leche comienza a descomponerse tan pronto sale de la vaca y en nuestro medio su peor enemigo es la temperatura alta; y en segundo lugar, la falta de higiene durante el ordeño, trasiego de los baldes a los cántaros en los corrales y luego el transporte sin refrigeración. En algunos casos, la leche se demora hasta un día para llegar al consumidor final, y para evitar que se descomponga le añaden químicos. A veces, los transportadores inescrupulosos la “bautizan” con agua –usualmente no potable- para hacerla “rendir”.
Por otro lado, en ningún hato pequeño ni mediano que sepamos dejan de meter en los cántaros la leche de vacas tratadas con antibióticos, de lo que no se percatará el consumidor, pero sí su organismo.
En verdad, la mayor parte de la leche cruda consumida directamente en las casas es un peligro para la salud. Quien la use debería estar muy seguro de su procedencia.
La mayor parte de la leche cruda, sin embargo, no va a consumidores domésticos como tal, sino que la compran los “queseros” de las poblaciones aledañas, la cortan y la hacen queso blanco, y este lo llevarán a las tiendas de barrio y mercados populares de los pueblos y ciudades, donde tampoco hay mayor control higiénico.
El Decreto 1880 da entre risa y tristeza porque no hay cómo hacerlo cumplir y equivale –por ejemplo- a prohibir el mototaxismo por decreto.
Algunos de sus apartes dicen: “Los comercializadores en expendio deben inscribirse ante las autoridades sanitarias de su jurisdicción. Las instalaciones tienen que estar separadas de cualquier…;vivienda…;no se permitirá la presencia de animales... Los expendedores deben tener una constancia de capacitación en manejo higiénico de alimentos…;la leche cruda debe comercializarse en un tiempo no superior a las 24 horas…;de su ordeño…;el personal manipulador del producto…;debe contar con indumentaria limpia y en buen estado y mantener un buen aseo de sus manos, con uñas cortas, limpias y sin esmalte”.  
Si el Gobierno quiere sanear la leche cruda, debería fomentar cooperativas con enfriamiento y transporte colectivo, capacitar a ganaderos pequeños y a sus empleados, y otorgar créditos blandos. De lo contrario, el Decreto 1880 será otro de muchos saludos a la bandera. 


 

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