Cartagena


El cabildo indígena se queda sin medidas protectoras

HILENIS SALINAS GAMARRA

28 de febrero de 2018 12:00 AM

El Juzgado Quinto Civil Municipal declaró improcedente la acción de tutela impetrada por el Cabildo Indígena Zenú de Membrillal el pasado 13 de febrero.
Aunque se esperaba que el 13 de marzo se resolviera el recurso, accionado contra el Juzgado Primero Civil, el juez Quinto Sergio Alvarino Herrera decidió que no corresponde a su despacho revisar el caso, pues ya existe una decisión, dada en segunda instancia por un tribunal. (Le puede interesar:  De un pueblo desplazado y una tierra prometida)

La acción de tutela pretendía que se garantizaran los derechos de la comunidad indígena, asentada en una parcela de la finca San Isidro de Membrillal desde hace más de ocho años, en principio en calidad de arriendo, pero cuya propiedad está siendo reclamada por los dueños desde hace tres años, cuando se incumplió el contrato de arrendamiento.

El lunes 19 de febrero, el juez Alvarino había ordenado suspender una orden de desalojo programada para el 20 de febrero, arguyendo que no había suficiente tiempo para resolver la tutela, es decir, la suspensión de la diligencia se dio para evitar daños irreversibles en la comunidad.

Tras revisar las pruebas, el juzgado definió que le corresponde al Juzgado Sexto -primera instancia donde se presentó la primera acción- “verificar el cumplimiento del fallo pronunciado por el tribunal, pero no se observa que los accionantes hayan iniciado dicha solicitud ante ese juzgado, por lo que se negará el amparo constitucional imprecado por improcedente”.

Pendientes de nueva fecha
Esta decisión deja sin bases la medida cautelar que evitaba el desalojo, por lo que Émerson Córdoba, apoderado de los dueños del predio, comentó que ya se espera nueva fecha para la restitución del predio.

La alcaldesa de la Localidad 3, Patricia Zapata, quien debe presidir la diligencia, aseguró al cierre de esta edición que aún no se le había informado oficialmente del fallo, por lo que no ha revisado cuándo podría hacerse la diligencia, pero que esta depende de su propia agenda y también de la disponibilidad de agentes del Esmad.
El abogado Córdoba resaltó que el cabildo no podría recurrir a acciones similares, pues estaría incurriendo en acción de tutela temeraria, contrariando el principio de buena fe.

Aunque intentamos conocer los pasos que seguirá el cabildo, Roger Suárez, capitán del cabildo, aseguró no tener conocimiento de la decisión.

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