Cartagena


Emiten decreto que prohíbe parrilleros en siete barrios de Cartagena

EL UNIVERSAL

20 de septiembre de 2016 07:27 PM

En medio de la polémica generada por el anuncio del alcalde Manolo Duque de prohibir el parrillero en siete barrios de la ciudad, ante los últimos hechos de inseguridad, hoy se emitió por parte de la Administración Distrital el decreto que reglamenta la medida.

En el decreto 1424 del 20 de septiembre se prohíbe la circulación con acompañante de los vehículos tipo motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos y motocarros, en las vías de los barrios Bocagrande, Manga, Castillogrande, El Laguito, El Cabrero, Crespo y Pie de La Popa. 

Para permitir el desplazamiento hacia los otros sectores de la ciudad no incluidos en el decreto, exceptúan de la prohibición las siguientes vías: 

• Por el túnel de Crespo, desde el Anillo Vial hasta el retorno del Nuevo Puente del Túnel de Crespo (frente a la estación de servicio Gazel). Hacia Torices por el puente Alfonso Romero Aguirre.

• Avenida Santander desde el retorno del Túnel de Crespo hasta Glorieta Santander.

• Carrera Primera (Avenida Santander) tramo comprendido entre la Glorieta Santander hasta el Edificio Seguros Bolívar (Calle 15).

• Tramo de la Calle 15 comprendido entre la carrera primera hasta la carrera segunda (Avenida San Martín).

• Avenida San Martín, calzada derecha (Este), tramo comprendido entre la calle 15 hasta la Glorieta Santander, en sentido Sur - Norte.

• Calle 47 desde la intersección con la Avenida Santander hasta la carrera 14 del barrio Torices.

• Calle 41 (Avenida Rafael Núñez) desde la Avenida Santander (las Tenazas) hasta la Avenida Luis Carlos López (India Catalina), en ambos sentidos.

• Avenida Luis Carlos López (Puerto Duro), desde la Intersección con la Avenida Venezuela hasta la Avenida Daniel Lemaitre.

• Avenida Concolón desde la Avenida Daniel Lemaitre hasta la Calle 30. Calle 30 desde la intersección con la Avenida Concolón hasta la Cartera 17. (en ambos sentidos).  Tramo de la Avenida del Lago comprendido entre la carrera 17 hasta la Transversal 38.

También exceptúan de la medida a las motocicletas o vehículos antes mencionados,  pertenecientes a organismos de seguridad del Estado, como la Armada Nacional, Policía Nacional, el CTI, la Policía de Tránsito y organismos de socorro, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones. 

El decreto rige a partir de su publicación y hasta el próximo 20 de noviembre. 

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