Cartagena


En sentencia contra el Tecnológico, Corte protege derecho de mujeres violentadas

ERICA OTERO BRITO

01 de febrero de 2015 09:01 AM

La Sentencia T - 878 del 14 de noviembre de 2014 que reivindicó los derechos de una secretaria de la Fundación Universitaria del Tecnológico Comfenalco, despedida en 2013 tras un incidente personal con un estudiante de la misma institución, va más allá de ordenar el reintegro laboral de la mujer y de exigirle a la institución educativa que le ofrezca disculpas públicas.

La decisión es un recordatorio a los empresarios, jueces, fiscales y sociedad en general, la obligación de cumplir con la Ley 1257 de 2008 que obliga a abstenerse de tomar decisiones que revictimicen a las mujeres violentadas.

En la sentencia, la Corte le dice a los empresarios que no pueden despedir a las mujeres víctimas de violencia de género porque tal determinación las hace más vulnerable, exponiéndolas a la dependencia económica de su agresor.

“Aunque el fallo de la Corte se haya originado por unos hechos ocurridos en Cartagena es de gran trascendencia para todas las mujeres del país, es un precedente a tener en cuenta por los empresarios. Como abogada atiendo a diario casos de mujeres que han sido despedidas porque cuando las empresas se enteran de situaciones adversas en su entorno personal toman la decisión de desvincularlas con la excusa de prevenir escándalos, malas conductas o ejemplos inapropiados en la compañía. Esto no lo pueden hacer”, expresó Antonia Gómez Fuentes, la abogada que interpuso la tutela contra el Tecnológico Comfenalco y quien es la representante legal del colectivo de abogadas “Helenita González Pérez” que trabaja en defensa de las mujeres, brindando orientación en asuntos jurídicos y apoyo sicosocial a las mujeres víctimas de violencia de género.

LOS DERECHOS DE LA MUJER QUE REIVINDICÓ LA CORTE

Los hechos que originaron la sentencia en cuestión ocurrieron el 3 de junio de 2013 en Cartagena de Indias, fuera de la institución educativa. La secretaria fue golpeada por un estudiante con el que sostenía una relación sentimental lo que desencadenó que el Tecnológico diera por terminado el contrato laboral de la mujer al considerar que esta violó las normas de la institución, en las cuales se establece que los empleados no pueden tener relaciones amorosas con los estudiantes. El agresor no fue expulsado, tan sólo recibió un llamado de atención. La institución consideró que no había razones para sancionarlo porque los hechos no ocurrieron dentro de la sede. Lea aquí: Reintegrarían a secretaria despedida por sostener relaciones con estudiante

Así las cosas, la tutela fue interpuesta solicitando el amparo al derecho a la intimidad, a la igualdad y a una vida libre de violencia y dentro de ese contexto el reintegro laboral de la secretaria.

“Se invocó el derecho a la intimidad porque luego de su despedida, en la institución educativa, en la decanatura de Derecho, donde laboraba esta mujer, se hizo una reunión con algunos empleados en la que se ventiló el caso y se hicieron afirmaciones sobre su vida intima. Se invocó el derecho a la igualdad porque no fue tratada con la misma consideración en que fue tratado su agresor y se invocó el derecho a una vida libre de violencia porque con la determinación de despido se le puso en un escenario de vulnerabilidad”, explicó la abogada Antonia Gómez Fuentes.

En primera instancia la tutela fue fallada a favor del Tecnológico Comfenalco, por el Juez 12 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena de Indias. Es durante la etapa de revisión por la que pasan todas las tutelas en la Corte Constitucional en la que se da el pronunciamiento máximo y, en este caso, se produce la sentencia  T - 878 del 14 de noviembre de 2014.

“La Corte Constitucional revocó el fallo de primera instancia y reivindicó a esta mujer los derechos fundamentales invocados en la tutela. Y no se quedó solo allí sino que conmina a las partes involucradas a estudiar una cátedra sobre el respeto de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencias”.

RECTOR DE TECNOLÓGICO COMFENALCO, JUECES Y FISCALES A ESTUDIAR

Según la Ley 1257 de 2008 hay cinco formas de violencia contra la mujer, son estas: física, sexual, sicológica, económica y patrimonial. 

En la sentencia, la Corte Constitucional ordena al rector del Tecnológico Comfenalco, al director del Programa de Derecho y a los demás directores de programa de la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco de Cartagena asistir y cursar efectivamente la materia de derecho y género que ofrece el plantel, en cumplimiento de la Ley 1257 de 2008, la cual define las normas de sensibilización, prevención y sanciones de formas de violencia y discriminación contra las mujeres. 

Insta, además al Juez 12 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena para que aplique un enfoque diferencial de género al momento de decidir cualquier asunto a su cargo y le ordena asistir a la próxima capacitación de género que la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla ofrezca en Cartagena.

Conmina, también a la Fiscalía General de la Nación para que vigile especialmente el desarrollo de la investigación penal correspondiente a la querella interpuesta por la mujer en contra de su agresor, bajo la perspectiva de género que ha incorporado en sus lineamientos. Para ello, recomienda la inclusión de todos los fiscales de Cartagena en la próxima capacitación a realizarse sobre el tema, tratando principalmente la presencia oculta de los estereotipos al momento de decidir o investigar un delito.

De igual manera, la Corte ordena remitir la providencia a los ministerios de Trabajo y de Educación Nacional para que investiguen la actuación de la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco de Cartagena, a la luz de las competencias plasmadas en la Ley 1257 de 2008.

Por último, exhorta al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República para que evalúe la facilidad y oportunidad con la que las mujeres agredidas pueden acceder a las ayudas consagradas en el Decreto 2734 de 2012 y de ser necesario, adoptar las modificaciones pertinentes que impidan la revictimización de la población femenina agredida.

COMFENALCO OFRECERÁ DISCULPAS PÚBLICAS

En cumplimiento con lo ordenado por la Corte Constitucional, la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco ofrecerá disculpas públicas a la mujer, que desde hace una semana se reintegró a su puesto de trabajo.

El acto simbólico se realizará este lunes 2 de febrero, a las 6 de la tarde, en el auditorio Augusto Covo, de la misma institución, ubicada en el barrio España.

En el mismo acto, la Institución educativa lanzará la campaña Tecprotege, tal como la conminó la Corte, en defensa de los derechos de la mujer y de rechazo social a las agresiones de género.

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