En la mañana de este viernes 30 de noviembre la Alcaldía de Cartagena emitió el nuevo decreto del pico y placa para vehículos particulares.
Se trata del Decreto 1361, el cual no solo modificó el día de rotación del pico y placa, sino en el horario en el que funciona esta medida. (Ver decreto completo aquí)
Nuevo horario
A diferencia del Decreto 1550 de 2017, el nuevo pico y placa no contempla restricciones a mediodía, es decir de 12 a 2 p.m.
Sin embargo, el Decreto 1361, que estará vigente hasta el 27 diciembre 2019, amplía la medida de 7 a 10 a. m. y de 5 a 8 p. m.
Es de resaltar que el decreto restringe la circulación de vehículos solo en vías principales y opera de lunes a viernes a excepción de los días feriados.
Nueva rotación
El nuevo decreto tiene una rotación trimestral en lo concerniente a los dígitos de las placas.
Por lo consiguiente desde este 3 de diciembre hasta el 1 de marzo opera así:
- Lunes: 9-0
- Martes: 1-2
- Miércoles: 3-4
- Jueves: 5-6
- Viernes: 7-8

Tras la nueva medida, la primera semana de diciembre será pedagógica, luego los conductores que infrinjan el pico y placa serán sancionados con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, aproximadamente $390.621.
Los vehículos que ingresan a Cartagena tendrán tres horas para llegar a su destino, para ello deben presentar el tiquete del último peaje cancelado en las vías nacionales.
Razones
Según la Alcaldía de Cartagena esta determinación se propuso con base en un nuevo estudio técnico, el cual precisa que “al compilar los datos del comportamiento vehicular de las intersecciones de varios puntos de la ciudad y comparar los años anteriores con el actual, se observa un aumento del parque automotor en las vías donde existe la restricción vehicular, como también el aumento del flujo vehicular en todas las intersecciones libres de restricción, lo que demuestra que la congestión vehicular necesita que se tomen decisiones en todas las vías de Cartagena”.
