El último fallo de la Corte Suprema de Justicia en lo referente a las invasiones de bienes de uso público en Cartagena traza una línea que debe seguir el Distrito para recuperar las zonas de bajamar que hoy están en poder de particulares, sin embargo, la decisión no cobija a la totalidad de terrenos invadidos a lo largo de la Ciénaga de la Virgen.
Javier Doria Arrieta, abogado que representó al Distrito en el recurso extraordinario de revisión que terminó en el pronunciamiento de la Corte Suprema, en entrevista con El Universal, explicó el verdadero alcance del fallo y su impacto en la recuperación de terrenos en la Ciénaga de la Virgen.
Según informó Doria, la decisión de la Corte solo cobija el terreno que en 1983 fue prescrito a favor del exdefensor del Pueblo de Bolívar Aníbal Olier Bueno, y no a la totalidad de predios en bajamar y rellenos que actualmente afectan el ecosistema de la Ciénaga de La Virgen. (Video: Así se ven los rellenos de la Ciénaga de La Virgen #DesdeElDroneEU)
“Un particular (Aníbal Olier Bueno) en 1983 presentó una demanda de prescripción contra personas indeterminadas, y como consecuencia, en 1987 adquirió el dominio sobre ese bien. Al presentarlo contra personas indeterminadas no se vinculó a las autoridades en este proceso, pero Damarena (Departamento Administrativo del Medio Ambiente) se dio cuenta que era un terreno de bajamar que estaba siendo ocupado por un particular y se solicitó una revisión a la Corte Suprema”, contextualizó el abogado.
UN PROCESO DE MÁS DE 30 AÑOS
Después de 20 años desde la demanda de prescripción, en el 2004, la Corte le concede a la Alcaldía de Cartagena la oportunidad de presentar un recurso extraordinario de revisión que 12 años después finaliza con este fallo de nulidad.
“Cuando la Corte acepta el recurso extraordinario de revisión, el Distrito alega que a pesar de tratarse de un terreno de bajamar nunca fueron vinculadas las autoridades competentes a la demanda de prescripción, y al haber una omisión del Distrito, se pidió la nulidad de ese proceso. La decisión que tomó la corte suprema es que se anule la prescripción y se notifique a la administración”, explicó Javier Doria Arrieta.
El abogado aclaró que el fallo de la Corte solo cubre el predio de La Boquilla propiedad del exdefensor Aníbal Olier Bueno, y no los demás terrenos que están en manos de particulares o zonas de relleno invadidas en la Ciénaga de la Virgen. (Lea aquí: Corte suprema ordena recuperar tierras de la Ciénaga de la Virgen)
LA IMPORTANCIA DEL FALLO DE LA CORTE
Aunque el fallo de la Corte Suprema de Justicia solo aplica para el predio en disputa desde 1983, Olier Bueno destaca la importancia de esta decisión por marcar una línea de jurisprudencia que puede ser empleada por el Distrito para abrir procesos individuales que permitan recuperar los bienes de uso público en manos de particulares.
“La trascendencia de este fallo es que procesalmente ya hay jurisprudencia que le puede servir al Distrito y a otras entidades para iniciar procesos de recuperación de lugares que hayan sido ocupados ilegalmente y se encuentren en zonas de bajamar o manglares rellenados; ecosistemas que han sido maltratados durante muchos años”, finalizó el jurista consultado por El Universal. (Lea aquí: Cardique celebra fallo de la corte que ordena recuperar tierras de la Virgen)
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