Un nuevo caso de irresponsabilidad en las calles de Cartagena sorprende a la opinión pública al conocerse el expediente de Alexis Antonio Romero Ospino.
El conductor de la buseta de placa UAI-743 tiene una deuda de $10’043.805 (diez millones cuarenta y tres mil ochocientos cinco pesos) por concepto de 26 comparendos y licencia vencida.
A las 7:30 de la mañana de ayer Romero Ospino cometió una nueva infracción de tránsito, dejar pasajeros en la mitad de la Avenida Pedro Romero, sector Foco Rojo, cuando cubría la ruta Olaya-Centro. Fue así como quedó al descubierto esta situación.
Comentan algunos pasajeros que el conductor se mostró nervioso cuando los agentes de tránsito le solicitaron la licencia de conducción.
ESTADO DE CUENTA
El primer comparendo impuesto a Alexis Romero Ospino está registrado con fecha 1º de septiembre del 2008 por valor de 845.724 pesos, y el antepenúltimo el 7 de octubre del 2011 por valor de 535.600.
Entre las infracciones más frecuentes cometidas por esta persona están: no detenerse ante un semáforo en rojo y dejar pasajeros en sitios distintos de los demarcados por las autoridades.
La mayoría de las infracciones ya pasaron a cobro coactivo, tras no presentarse en el tiempo estipulado.
Algunos de los pasajeros de la inmovilizada buseta UAI-743 de Olaya-Centro, al percatarse de la situación comentaron sobre el riesgo que implicaba para sus vidas que los vehículos de servicio público estén en manos de conductores que no respetan las normas de tránsito, ya que pueden causar accidentes y hasta tragedias como consecuencia de su irresponsabilidad.
PROPIETARIO DEL VEHÍCULO
Nelson Aguirre, propietario de la buseta, quien transitoriamente se encuentra en Medellín, explica: “Contraté a Alexis Romero por recomendación de otro conductor, además ya lo había visto manejando otros vehículos públicos y por ende no vi ningún problema en que trabajara conmigo. Realmente apenas estabamos en el periodo de prueba, iba a cumplir dos meses a cargo de la buseta”.
Aguirre agrega: “No le solicite documentos, pero considero que la empresa Flota de Lujo a la cual le pago 60.000 pesos diarios para gastos de administración, documentos del DATT y seguro, y prestaciones del conductor, debería solicitarle el paz y salvo expedido por el tránsito, el certificado de la última empresa con la que trabajó y el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), que es una base de datos centralizada que contiene información de todos los vehículos del país, los conductores, seguros, infracciones de tránsito, accidentes de tránsito y las empresas de transporte público, entre otros, como lo hacen la mayoría de las empresas de transporte a nivel nacional cuando ingresa personal nuevo”.
LA EMPRESA
La buseta de servicio público de pasajeros, de placa UAI-743, esta afiliada a la empresa Flota de Lujo.
Respecto a este caso, su gerente Éver Salcedo comenta que “no es responsabilidad de la empresa las acciones de los conductores, ya que en su mayoría son contratados por los propietarios de las busetas, y de igual forma los conductores han asumido las funciones de despacho y control, sin tener un ente regulador”.
Según el Artículo 93 parágrafo No 2 de la Ley 1383 del 16 de marzo del 2010 que reforma el Código Nacional de Tránsito Terrestre (o Ley 769 de 2002), cita lo siguiente:
“Las empresas de transporte público terrestre automotor deberán establecer programas de control y seguimiento de las infracciones de tránsito de los conductores a su servicio. Dicho programa deberá enviarse mensualmente por parte de las empresas a la Superintendencia de Puertos y Transporte. Las empresas que no cumplan con lo antes indicado serán sancionadas por dicha entidad con una multa equivalente a cien salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
