Cartagena


30 mil cupos más en salud subsidiado, para los pobres

EL UNIVERSAL

09 de abril de 2010 12:01 AM

De 30.000 cupos nuevos para acceder al régimen subsidiado de servicios de salud en Cartagena, dispondrá el Dadis con apoyo del Gobierno Nacional, con el valor agregado de que todos tendrán los mismos beneficios asistenciales del régimen contributivo. Se pueden vincular al sistema sólo personas muy pobres, de escasos recursos, que son los categorizados en los niveles I y II del Sisbén. Igualmente cobija a niños bajo protección del Bienestar Familiar, indigentes, adultos mayores abandonados, desplazados, desmovilizados y población indígena. La afiliación es gratuita y la diligencia no debe hacerla intermediario alguno. De esta la gestión se debe encargar un adulto en representación de su núcleo familiar, ante la oficina principal de la Entidad Promotora de Salud Subsidiada (EPSS) a la cual desean afiliarse de manera voluntaria, explica Katherine Egea Amador, directora Operativa de Aseguramiento del Dadis (Departamento Administrativo Distrital de Salud). Hoy 455.608 cartageneros están afiliados al régimen subsidiado del sistema de salud. El Distrito pagará a las EPSS una Unidad de Pago por Capitación (por persona) de $380.397 pesos anuales, para garantizar la prestación de los servicios a la población afiliada. Para este plan piloto en Cartagena se invertirán $187 mil millones, en un esfuerzo conjunto entre en la Nación y el Distrito, que participan con $157 mil millones y $30 mil millones, respectivamente. Beneficios El gran valor agregado de esta estrategia de salud para todos es que gracias a la unificación del POS (Plan Obligatorio de Salud) y el POSS (subsidiado), los más pobres tendrán los mismos beneficios asistenciales de los afiliados al régimen contributivo o POS. Por cuenta de este proceso, las Empresas Promotoras de Salud Subsidiada (EPSS) podrán autorizar los servicios necesarios, con lo cual se termina así las filas largas desde la madrugada, para solicitar una autorización de cita médica o examen en las oficinas del Dadis. Tanto nuevos como viejos afiliados tendrán acceso directo a consulta especializada, consulta de psiquiatría, cirugía de mediana y alta complejidad, entre otros servicios importantes. (((RECUADRO 1))) Recién nacidos El recién nacido debe ser afiliado a la misma EPS subsidiada de sus padres, para lo cual se debe tramitar el registro civil en una notaría o en el servicio que ofrece la Registraduría en las respectiva clínica donde se produjo el nacimiento. Si uno de los padres está afiliado como cotizante al régimen contributivo o especial, el niño tiene derecho a ser afiliado como beneficiario a dicha EPS del régimen contributivo. Se puede afiliar al recién nacido con el certificado de nacido vivo, pero si antes de un año no se aporta el registro civil a la EPS subsidiada, puede ser desafiliado. Los padres deben solicitar a la oficina del Sisbén la inclusión del recién nacido en la ficha de su núcleo familiar, para que no sea excluido por no tener carnet del Sisbén. (((RECUADRO 2))) Todos pueden Las personas que no tengan el Sisbén actualizado, deben ir a las oficinas del Sisbén en las alcaldías locales para solicitar la aplicación de la encuesta. Si la persona tiene un carnet del régimen subsidiado, pero no aparece en la base de datos y no es atendida, puede acercarse a las oficinas del Dadis en las alcaldías locales o en la Calle Larga, donde le será resuelta su situación. (((RECUADRO 3))) Requisitos Los requisitos para la afiliación al régimen subsidiado son: 1–Documento de identificación de acuerdo a la edad -Registro Civil para niñas y niños menores de 7 años. -Tarjeta de Identidad para menores de 18 años. -Cédula de Ciudadanía. 2–No estar afiliado al régimen contributivo o regímenes especiales. 3–Estar registrado en la base de datos del Sisbén en Cartagena. 4–Los desplazados deben estar en la base de datos de Acción Social. 5-–Los menores bajo protección del Bienestar Familiar, deben estar certificados por este Instituto. 6–Los adultos mayores que estén en ancianatos, deben ser certificados por estos asilos. 7–Los desmovilizados deben estar certificados por la Alta Consejería para la Reinserción. 8-–La población en estado de indigencia deben ser certificada por la Secretaría de Participación y Desarrollo Social de Cartagena. 9–La población indígena debe ser certificada por la autoridad del resguardo.

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