Cartagena


Alex, una vida entre perros

Alexander Schorbogh Barreto se ha convertido en el estandarte de la empresa Pacaribe, para combatir la costumbre que tienen algunos cartageneros de no recoger los excrementos de sus perros. En lo que va corrido de una campaña que busca liberar calles y parques del excremento de los perros, la empresa Pacaribe encontró en la persona de Alexander Schorbogh Barreto la figura oportuna para erigir un ejemplo de cómo manejar esa situación. Desde hace 12 años, este cartagenero de 40 años, quien reside en la urbanización Flor del Campo, encontró, a su vez, en sacar a pasear perros una buena manera de ganarse la vida. Dice que empezó en esa actividad sin quererlo, cuando trabajaba como aseador en un edificio del barrio Castillogrande, en donde una de las familias que allí habitaban decidió encomendarle la tarea de sacar todos los días a un perro de raza lobo siberiano. Cuando cambió la administración del edificio, Alexander fue despedido, pero le quedó el compromiso de seguir sacando al perro, actividad de la que se fueron enterando otras familias de los edificios cercanos y, posteriormente, de los barrios Bocagrande y El Laguito. Ahora tiene 12 ejemplares, pero dice que aspira a manejar 20 para que su sueldo vaya un poco más allá de los cuatro salarios mínimos, aunque aclara que más que por dinero lo hace por gusto, pues desde siempre ha tenido gracia para tratar con perros y no ha necesitado de cursos ni de inducciones académicas para dominarlos, en el buen sentido de la palabra. Tanto es así que, aunque le toca tratar con canes de diferentes razas (algunos de fiereza comprobada) cuando los tiene en sus manos logra disciplinarlos de tal manera que nunca hay enfrentamientos entre ellos, ni mucho menos se les ocurre atacar a los transeúntes. Y, cuando se presentan algunos brotes de indisciplina, les aplica ciertos castigos que nunca rayan en el maltrato, hasta que el perro aprende a convivir sanamente. Diariamente, desde que son las 4:00 de la madrugada, empiezan sus jornadas. A las 9:00 de la mañana regresa a su vivienda y reanuda el trabajo de 3:00 a 6:00 de la tarde. En esta parte del día, se aprovisiona de una bicicleta gigante con la cual hace que los perros lo sigan o se le adelanten, según lo que les ordene. Nunca olvida sus bolsitas plásticas, ni la máquina para recoger las populares “minas quiebrapatas” que van dejando sus pupilos en cualquier parte, menos en los parques ni en las playas. Esa máquina, según cuenta, le costó 40 mil pesos y únicamente se consigue en Bogotá. Cuando “Bongo”, “Coco”, “Ancara”, “Bambino” y los demás han desocupado sus organismos, los devuelve a sus respectivas casas, en algunas de las cuales se queda, sólo si los amos le solicitan que bañe a la mascota, trabajo éste que se paga por aparte. Tiene dos niñas pequeñas y tiempo suficiente para ser padre con la misma carga de ternura que le prodiga a los perros. Se le puede contactar mediante los teléfonos: 320-5333807 320-5348175 6581568 Por la convivencia Las continuas quejas de los usuarios de los parques y de las playas fue lo que motivó a esta campaña. Voceros de Pacaribe han dicho que la mayoría de quejas provienen de barrios como Crespo, El Cabrero, Manga, Pie de la Popa, Bocagrande, Castillogrande y El Laguito. En esos sitios, las personas que salen con las primeras luces del día a trotar, a caminar o a hacer gimnasia, suelen encontrarse, en los parques y en las playas, con las populares “minas quiebrapatas” que dejan los perros y que los amos no se dignan a recoger, con todo y que tal obligación está contemplada en la Constitución Nacional, mediante la Ley 746 de julio 19 de 2002. Las vendedoras de frutas y los carperos también han elevado sus quejas, ya que algunos de sus clientes se hacen acompañar de sus mascotas y consumen alimentos con ellas, pero cuando se van olvidan recoger las deposiciones. Ambos gremios han optado por crear avisos en donde advierten de estas anomalías. La campaña busca llamar la atención sobre los derechos que tienen la mayoría de los ciudadanos a disfrutar de espacios libres de basuras y desperdicios, y concienciar a los demás ciudadanos de la responsabilidad que les atañe como dueños de mascotas. Así mismo, Pacaribe solicitó a las autoridades que apliquen el Código de Policía, donde se reglamentan sanciones a las personas que lleven perros a los parques y no recojan los resultados de sus necesidades. “Lo que pretendemos —dijeron voceros de la firma— es recuperar los espacios de recreación y deportes que se han convertido en letrina de estos animales. El año pasado recogimos más de 564 toneladas de materia fecal de perros; y en lo que va corrido de 2010 la cifra tiende a incrementarse”. Señalaron que, aunque la campaña se desarrolla en toda la ciudad, los sitios más afectados por las “minas quiebrapatas” son el paseo peatonal de Manga, la Avenida Miramar, paseo peatonal Avenida del Lago, el parque del Narcobollo, el paseo peatonal El Laguito, Bocagrande, Castillogrande, el parque de la Iglesia Bocagrande, el Parque Apolo, Marbella y Crespo, entre otros. LA LEY 746 Artículo 1°. Objeto y ámbito de aplicación. La presente ley tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas urbanas y rurales del territorio nacional, con el fin de proteger la integridad de las personas, la salubridad pública y el bienestar del propio ejemplar canino. Artículo 2°. Adicionase al Libro 3, Título 4, del Código Nacional de Policía un capítulo nuevo del siguiente tenor: Capitulo XIII nuevo De las contravenciones especiales con respecto a la tenencia de ejemplares caninos Artículo 108-D. Queda prohibido dejar las deposiciones fecales de los ejemplares caninos en las vías, parques o lugares públicos. Los propietarios o tenedores de los ejemplares caninos son responsables de recoger convenientemente los excrementos y depositarlos en bolsas de basura domiciliaria, o bien en aquellos lugares que para tal efecto destine la autoridad municipal. Parágrafo. Los propietarios o tenedores de ejemplares caninos que no recojan los excrementos en los lugares señalados en el inciso anterior, tendrán como sanción impuesta por la autoridad municipal competente, multa de cinco (5) salarios mínimos diarios legales vigentes o sanción de uno (1) a cinco (5) fines de semana de trabajo comunitario consistente en limpieza de los lugares que la respectiva alcaldía municipal defina. En caso de renuencia, se impondrá arresto inconmutable de tres (3) a cinco (5) días: la autoridad municipal procederá a trasladar el caso a la autoridad competente para conocer el caso y aplicar la sanción respectiva. (…;)”

Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS