Cartagena


Cambiará rotación del pico y placa para vehículos particulares

EL UNIVERSAL

29 de agosto de 2011 03:56 PM

La Alcaldía de Cartagena mediante el decreto 1138 del 26 de agosto estableció la rotación del pico y placa a partir del próximo lunes 5 de septiembre del presente hasta el 31 de agosto del 2012.
La tabla de rotación quedara así:
No circularan con el ultimo dígito de la placa del 5 de septiembre del 2011 al 31 de agosto 2012
Días de la semana     

  • Lunes      7-8    
  • Martes     9-0
  • Miércoles 1-2    
  • Jueves     3-4
  • Viernes    5-6
La restricción operará de lunes a viernes, exceptuándose los días feriados en el horario de 7:00 a.m. a 9:00 a.m., de 12:00 del mediodía hasta las 2:00 de la tarde y de 5:00 p.m hasta las 7:30 de la noche.
El decreto señala que para los vehículos de turistas se autoriza la circulación solamente el día de llegada y para ello deberán comprobarlo mostrando el último peaje expedido fuera del perímetro urbano, esto con el propósito de no causar traumatismos a los viajeros que desconozcan la norma.
La Administración Distrital tuvo en cuenta para mantener esta medida los aforos donde se refleja el aumento de circulación de todo tipo de vehículos, incluyendo los particulares y las diferentes obras de infraestructura viales en los tramo Amparo Portal, Popa- India Catalina, Tramo Bazurto-La Popa.
Además porque se llevan a cabo varias obras que adelanta la Secretaria de Infraestructura en la Diagonal 32 ( carretera antigua a Turbaco), entre el CAI de Olaya Herrera hasta la Transversal 54, reparación del Puente sobre el Caño Ricaute en la Calle 31D ( Avenida Pedro Romero), reparación de las lozas en la Avenida Pedro Romero, reconstrucción de la calle 5ª  de los barrios San Pedro Martín, Reposo, los Jardines, reconstrucción de la Transversal 54 y la Troncal de Occidente por parte de los concesionarios de la Ruta Caribe.
Además la medida fue adoptada porque se ha observado en los conteos vehiculares realizados en los diferentes puntos de la ciudad que los vehículos particulares conforman el 50% de los que circulan en las vías del Distrito, lo que contribuye al aumento de la contaminación atmosférica y consumo de combustibles fósiles, causa principal del efecto de invernadero y del calentamiento global que expertos afirman está ocurriendo en el mundo, lo que obliga igualmente a que la administración  tome medidas para disminuir este impacto.
SE EXCEPTÚAN DE LA NORMA
El decreto exceptúa de la restricción los vehículos oficiales al servicio de la Fuerza Pública, Armada Nacional, Sijin, DAS, Fiscalía General de la Nación, Contraloría, Procuraduría, Personería, Gobernación de Bolívar, Alcaldía distrital, Alcaldes Locales, Cruz Roja, Bomberos, defensa Civil, Ambulancias, carros fúnebres. Vehículos al servicio público (aseo, acueducto, electricidad, gas, teléfono).
Además vehículos de transportadoras de valores externamente identificados, vehículos blindados, vehículos de médicos en ejercicio de su profesión, vehículos que transportan residuos hospitalarios,  de vigilancia y seguridad privada, que distribuyan medicamentos, escolares de propiedad de los colegios e instituciones educativas, de uso exclusivos del cónsules o embajadores, de empresas prestadoras de servicios turísticos,  al servicios del Aeropuerto de uso exclusivo de jueces y magistrados con jurisdicción y asiento permanente en Cartagena.
Igualmente vehículos al servicios de Senadores y representantes a la Cámara, al servicio de concejales y diputados, así como a vehículos que transportan personas en condición de discapacidad y los conducidos por ellos.
Para obtener el permiso, es decir viabilizar la excepción y obtener la certificación correspondiente, deben presentar a la oficina del DATT, la solicitud correspondiente con la copia de la documentación en regla del vehículo y conductor acreditando las condiciones que manifieste el conductor, así como el Paz y Salvo del SIMIT ( de acuerdo al parágrafo del artículo 10 de la LEY 769 DE 2002).
Las certificaciones expedidas  hasta el momento quedan sin efecto a partir del 5 de septiembre del presente.
Quienes infrinjan lo establecido en el decreto serán sancionados con una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes y el vehículo será inmovilizado.
La semana comprendida entre el 5 y el 9 de septiembre será educativo, así quedó establecido en el decreto, expresó la directora del DATT, Eliana Serge Bolaños.

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