Varios administradores de edificios participaron en un encuentro pedagógico convocados por el alcalde Menor de la Localidad Histórica, Amaury Lora, para explicar las normas que regulan la prestación del servicio de viviendas turísticas, como se le llama ahora al fenómeno de la parahotelería.
En esta etapa pedagógica se habla sobre los derechos y deberes que le asiste al proveedor del servicio en materia legal y comercial, cuando someten sus propiedades a arrendamientos temporales.
A esa primera reunión asistieron los administradores de los edificios más representativos de los barrios Bocagrande, El Laguito, Castillogrande y otros sectores de jurisdicción de Alcaldía Menor 1.
A juicio del alcalde Amaury Lora, la idea es que los administradores difundan la información que asimilaron entre los propietarios de apartamentos, ya que posteriormente vendrá una etapa sancionatoria.
Seguimiento
Respecto de este trabajo de la Alcaldía Menor 1, Bernardo Martínez, administrador alojamientos turísticos, señala que la medida de control es buena, pero considera importante que haya del gobierno un acompañamiento completo y no parcial, ya que es mucha la tramitología para legalizar los servicios que prestan algunos propietarios de apartamentos o casas.
“Creo que el inconveniente está en tantos trámites que hay que hacer, lo cual genera gasto de tiempo y dinero. La lista de requisitos es interminable”, dice.
También considera acertado comenzar por la parte pedagógica y no por la represiva.
Entre tanto, Rosario Zárate, administradora del Edificio Los Delfines, manifiesta que ya está programada una asamblea de propietarios para explicarles sobre lo que desarrolla la Alcaldía.
“Es acertado de parte de la Alcaldía adelantar primero las capacitaciones antes que iniciar acciones represivas, pues mucha gente desconoce las normas”, reitera Zárate.
Cambio de uso del inmueble
El abogado Alonso Cortina, asesor jurídico de la Alcaldía Menor de la Localidad 1, explica que la idea de las capacitaciones a las personas que alquilan sus propiedades con objetivos turísticos es que se organicen junto a los administradores de los edificios, y definan si se desean cambiar de uso ó destinación del inmueble, lo que implica hacer cambios de estatutos.
Aquellos que definan que desean mantener el arrendamiento de apartamentos deben acogerse a los requisitos exigidos.
El primer filtro es la Alcaldía, que debe definir conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) si es o no factible hacerlo, dependiendo la zona donde está ubicada la edificación.
Cortina explica que primero se debe acudir a la Alcaldía ya que, por ejemplo, si hay un interesado en el negocio de arriendo de apartamentos en Castillogrande, esa persona debe cerciorarse si en esa zona residencial es factible obtener el permiso.
“En Castillogrande está totalmente prohibido el arriendo de apartamentos con fines turísticos. No pueden proyectarse para ese sector planes de hotelería informal, pues es una zona netamente residencial. Entonces, ya la gente debe saber que no puede adelantar ningún otro trámite porque sencillamente no obtendrá el permiso de la Alcaldía, que prevalece sobre los demás requisitos”, expone el abogado.
Luego de definir si es posible el arriendo informal, los interesados deben acudir a las otras autoridades relacionadas con el tema, para inscribir su negocio como una actividad comercial y pagar los respectivos impuestos.
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