Cartagena


Condenan a la Nación por muerte de campesino en Palenque

Otra vez la Nación fue condenada a pagar, ahora por daños de las Fuerzas Militares en el Departamento de Bolívar.

Sin embargo, esta vez no fue por fallas en el servicio, sino por generar un riesgo excepcional debido a un operativo que terminó en balacera que causó la muerte a una persona, un campesino.
En un fallo de segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Bolívar condenó a la Nación y al Ministerio de la Defensa, a pagar cerca de $670 millones a la familia de un campesino  que resultó muerto el 4 de diciembre de 2000  en un enfrentamiento entre la Infantería de Marina y guerrilleros en el corregimiento de San Basilio de Palenque, jurisdicción del municipio de Mahates.
A juicio del Tribunal, la víctima, Dionisio Salgado, era una persona ajena al combate que padeció un riesgo excepcional en el operativo realizado por la Infantería de Marina.
Aclaró el ente judicial que en este caso no se puede predicar que hubo fallas en el servicio, sino que se creó un riesgo excepcional debido al operativo desarrollado, precisamente en plena plaza del corregimiento.

EL RIESGO EXCEPCIONAL
Según la jurisprudencia a la que recurrió el Tribunal para fallar este caso, el riesgo excepcional se da cuando un civil sufre daños por enfrentamientos entre la Fuerza Pública y grupos al margen de la ley, entendiéndose que la actuación de los primeros es legítima.
Sin embargo, pese a que la actuación del Estado es legítima, la Nación es condenada por cuanto se ocasionó un daño a persona ajena a  la situación en procura de restablecer el orden perturbado por insurgentes.
En este caso la víctima fallecida era quien soportaba, con su oficio de agricultor, el mantenimiento de su familia, conformada por 8 hijos, su esposa y sus padres ancianos. Precisamente iba para su finca cuando lo sorprendió la balacera entre insurgentes y militares.
No se pudo verificar en el proceso el responsable del disparo, por cuanto la víctima recibió el tiro con orificio de salida, lo cual impidió verificar qué tipo de bala lo impactó, si una de uso de la Infantería de Marina o de los guerrilleros.
Según el Tribunal, no importa quien haya sido el autor material de las lesiones o muerte causada a la víctima durante la confrontación, pues todo debe considerarse como resultado de una operación militar donde se utilizaron armas, por tanto es el Estado como garante legítimo de la seguridad el que debe responder por situaciones como ésta.
 

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