Cartagena


Continúa debate por venta de lote

REDACCIÓN CARTAGENA

14 de abril de 2011 12:01 AM

Luego de la denuncia que hiciera el representante a la Cámara por Bolívar, William García Tirado, de que la alcaldesa de Cartagena, Judith Pinedo Flórez, vendió la franja de playa a pesar de las advertencias que le hicieron los concejales en su momento, un nuevo capítulo se abre paso en este proceso.
Ahora sindican que es precisamente el acusador, el Representante a la Cámara William Tirado, quien aparece firmando el  Acuerdo 30 del 14 de diciembre de 2006, “por el cual se faculta al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias D.T. y C. para la destinación y disposición de los bienes inmuebles cedidos por la Nación al Distrito en virtud de lo dispuesto por el Artículo 123 de la Ley 388 de 1997”. En ese entonces García Tirado fungía como presidente del Concejo Distrital.
Ese acuerdo, según lo señala la publicación en la web de El Metro, fue precisamente la norma que propició la criticada venta del terreno en cuestión y por lo tanto las investigaciones que se han iniciado contra la mandataria deberían extenderse a los concejales de la época.
Conforme a esa publicación, se justifica la venta del terreno debido a la autorización del Concejo.
Según publica El Metro en su sitio web, para quienes descubrieron la singular situación con el Acuerdo, los miembros de la Unidad Investigativa de la Corporación Cartagena Visible, “podría pensarse que, de haber alguna irregularidad, serían culpables tanto los funcionarios autorizados como los concejales que autorizaron...”.
Expone que de acuerdo con Mario Salvador Andrade, coordinador de dicha unidad, “otro hecho que deja mal parado al congresista García es que él no puede decir que desconocía qué tipo de lotes estaban autorizados vender, ya que en el propio nombre del Acuerdo aprobado, el número 30 de diciembre de 2006, se dice taxativamente que se trata de (leyendo) ‘los bienes inmuebles cedidos por la Nación al Distrito en virtud de lo dispuesto por el Artículo 123 de la Ley 388 de 1997’, y ese mismo artículo fue el que permitió que ese y otros lotes fueran escriturados en 1999, luego él (William García) sí debía saber que el del Dann podía estar entre ellos y, si no lo sabía, fue entonces un irresponsable”.

Se defiende
Pero ante ese planteamiento, el Representante confirmó que dicho acuerdo sí fue firmado por él, pero que en ninguno de sus artículos se autoriza a la Alcaldía a vender zonas de playas.
García Tirado afirmó que el Acuerdo 30 del 14 de diciembre del año 2006 efectivamente faculta a la Administración Distrital a vender  lotes baldíos, pero no a vender las playas.
Al respecto, la alcaldesa Judith Pinedo ha sustentando que “el Gobierno local vendió fue una escritura pública de hace 10 años, que está inscrita debidamente en la notaría, que no ha tenido ninguna oposición y que, además, está inscrita en Registro de Instrumentos Públicos. Se encontró una escritura de un lote que se vendió”.
Explicó también la mandataria que este lote estaba registrado como lote baldío y que posteriormente fue vendido por el Distrito como terreno baldío, como parte de un proceso realizado por la Secretaría de Hacienda.
“Nosotros encontramos un lote escriturado, escritura pública de baldíos, propiedad de Cartagena”, reiteró Pinedo.
Pero el congresista William García alega que con la publicación de El Metro se pretende crear una  cortina de humo para mitigar la responsabilidad penal que genera la formulación de imputación de cargos en contra de  la  Alcaldesa Mayor de Cartagena, el gerente  del Hotel Dann y 2 funcionarios más  por  parte  de  la   Fiscalía  General de la  Nación.
Considera improcedente pretender dividir responsabilidades con el Concejo de Cartagena, ya que éste no participó en la determinación de baldíos ni en la venta del terreno, por el contrario fue en esta corporación donde se adelantó un debate de control político denunciando este hecho y solicitando la  restitución de esta franja de playa.
Recalcó que las facultades que otorgan los concejos para este  tipo  de enajenación como en este caso solo es para aclarar los procedimientos legales y los alcances de las ventas, pero es responsabilidad de la Administración Distrital el estudio y la determinación de baldíos conforme a las normas y leyes vigentes al igual que los avalúos y los procedimientos de ventas.
“La  Dimar (Capitanía de Puerto), autoridad marítima en Colombia, certificó que  la  franja  de tierra corresponde a playa e Incoder, autoridad nacional, determinó que este terreno no corresponde a un baldío”, señaló García.

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