Cartagena


Contraloría advierte a Distrito sobre contratos de seguros

JOSÉ RAFAEL MOLINA RAMÍREZ

18 de diciembre de 2010 12:01 AM

A juicio del contralor Distrital, Hernando Sierra Porto, el proceso de selección abreviada Nº 021 de 2010, para la adquisición de la póliza de Fidelidad y Riesgo Financiero, y sobre el contrato del Asesor de Seguro del Distrito, eventualmente podría no sólo inobservar el principio de planeación que debe regir sus actuaciones, sino que se estarían cobijando hechos ocurridos desde la vigencia fiscal 2008, con clara transgresión del Estatuto Orgánico del Presupuesto. Según el Contralor Distrital, el seguro por Responsabilidad Civil para Servidores Públicos y el de Fidelidad y Riesgos Financieros de los servidores públicos del Distrito no tiene una descripción de la necesidad, ni una explicación, ni justificación clara, detallada y fundamentada legalmente, que informe y de cuenta de la causa y razón legal de esta contratación. “Tenemos que en los citados documentos se hace referencia al marco jurídico de lo que constituye el proceso de selección del contratista pero no de la normatividad legal que faculta al Distrito a contratar este tipo de pólizas o seguros”, dice Sierra Porto. Así mismo dijo que la Ley 1365 de 2009 dispone: que podrán contratar un seguro de responsabilidad civil para servidores públicos, mediante el cual se ampare la responsabilidad de los mismos por actos o hechos no dolosos ocurridos en ejercicio de sus funciones y los gastos de defensa en materia disciplinaria, penal y fiscal en que deban incurrir; estos últimos gastos excepcionalmente los podrán pagar las Entidades siempre y cuando exista una definición definitiva que exonere de toda responsabilidad y no sea condenada la contraparte a las costas del proceso. Sin embargo señala que en la ley no existe ese tipo de seguros, objeto del proceso de contratación que lleva a cabo la Administración. Requerimiento Debido a esta advertencia, el Contralor solicitó al Distrito que dé las explicaciones que considere necesarias, sobre la siguiente información: •Copia del pliego de condiciones, acto de apertura del proceso de selección, acto administrativo de adjudicación y el respectivo contrato del corredor de seguros para el manejo integral del programa general de seguros que amparen los bienes e intereses patrimoniales de propiedad del Distrito. •Copia de las pólizas de seguro vigentes que amparan los bienes y patrimonio del Distrito. •Presentar el estudio previo donde se identifique, explique, detalle y justifique la necesidad de contratar la adquisición de póliza de seguros de Responsabilidad Civil para Servidores Públicos y el de infidelidad y riesgos financieros. - Informar sobre el fundamento legal específico que faculta, obliga y asigna la responsabilidad al Distrito para contratar un seguro de responsabilidad civil, infidelidad y riesgos financieros de servidores públicos, por actos o hechos no dolosos, y por los gastos de defensa. Suspendido el proceso Se conoció por parte del Distrito, que dicho proceso se encuentra suspendido desde hace varios días por parte de la Secretaría de Apoyo Logístico, que lleva cabo esta contratación, para corregir algunas situaciones. La suspensión, se aclaró, fue decretada mucho antes de que la Contraloría emitiera su Control de Advertencia.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS