La Corte Constitucional ordenó suspender la construcción de un puerto multipropósito que se ejecuta en la Isla de Barú.
La decisión del Alto Tribunal se da para amparar los derechos de esa comunidad, que asegura que no se les realizó la consulta previa a la que tienen derecho por ley, vulnerándose así sus derechos al debido proceso, a la participación, la existencia, la identidad cultural, la autonomía, la integridad cultural y social.
Las obras comprenden la construcción del un puerto multipropósito de dos muelles, una zona franca y una comercial por parte de la Sociedad Portuaria Puerto Bahía.
Para la comunidad el proyecto ha "producido impactos negativos a toda la Isla de Barú, incluyendo la zona donde habita su comunidad".
"La afectación de la diversidad biológica, la migración de aves por tala de árboles, y el relleno de aéreas donde históricamente se han realizado labores de pesca artesanal, lo cual ha generado una disminución de ingresos, ocasionando la pérdida del uso y costumbres del territorio y el mar", fue uno de los ejemplos que puso la comunidad.
El Ministerio del Interior explicó que en el 2009 había verificado la "presencia de comunidades que se verían afectadas por la construcción del puerto y afirmó que allí no se incluyó el grupo poblacional del accionante, por esa razón la consulta previa se realizó con otros residentes del sector y que ello desvirtúa la vulneración de los derechos".
La Corporación Judicial encontró que había otro informe en el que si se reconoció a la comunidad negra de Barú, por lo que aclara que aunque hayan fases que no se puedan rehacer del proyecto "es evidente que la comunidad todavía puede hacerse participe de los beneficios de la construcción, así como de todas las mesas de trabajo que sean adelantadas, para mitigar o evitar los riesgos de la obra".
Finalmente la Corporación Judicial ordena suspender el proyecto y que máximo un mes dé inicio a las respectivas reuniones de consulta previa con esa comunidad.
