Cartagena


Corte ordena investigar a fiscales de Cartagena

La Corte Constitucional solicitó al Consejo Superior de la Judicatura investigar a dos fiscales de Cartagena por las presuntas irregularidades en las que incurrieron du-rante una investigación pe-nal, la cual culminó con la exoneración de culpabilidad de un sujeto sindicado de abusar a su hija menor de edad. El ente judicial efectuó tal petición al resolver una tu-tela interpuesta contra la Fiscalía Seccional 21 de Cartagena y la Fiscal Cuarta Delegada ante el Tribunal Superior de Cartagena por vulnerar los derechos al debido proceso, acceso a la justicia, igualdad e interés superior de la menor que presuntamente fue abusada sexualmente por su padre. La tutela falló favorablemente a la menor y como consecuencia de ello la Corte ordenó a la Fiscalía Cuarta de la Unidad Delegada ante el Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena que profiera una nueva resolución, en la que se haga una valoración probatoria y con los estándares constitucionales exigibles de imparcialidad, racionali-dad y sana crítica, de modo que se den efectos a las pruebas que reposan en el expediente y que dan fe, de modo unánime, de la existencia de un delito de actos sexuales con menor de catorce años de edad. La referida investigación judicial se inició en 2006 a partir de una denuncia presentada por la señora *María, por el presunto delito de “actos sexuales abusivos cometidos en menor de catorce años”, los cuales se habrían cometido sobre su hija *Laura, quien para la época de los hechos tenía apenas tres años de edad, y en el que se vinculó como sindicado al padre de la menor, *Juan. (* nombres ficticios). En el mencionado proceso se aportaron, decretaron y practicaron como pruebas de tipo médico- psicológico. Todas estas pruebas, de modo unánime, coinciden en afirmar que existieron actos de abuso sexual en contra de la niña Laura. Este caso fue a dar a manos de la Corte debido a que el apoderado de la menor se quejó permanentemente de los errores de la Fiscalía, los cuales iban en detrimento de la niña y a favor del presunto violador, quien al final del proceso fue prácticamente exonerado de todo delito. Ante tal situación, el apoderado acudió a una tutela alegando que los dos fiscales que manejaron el proceso descartaron las pruebas técnicas y solo analizaron las testimoniales del caso, que entre otras fueron concedidas por personas que conocían al sindicado, algunas con cercanía familiar y dependencia económica respecto del mismo, las cuales fueron más creíbles que lo conceptuado por el Instituto de Medicina Legal y psicólogos forenses. Además de llamar la atención a los fiscales, la Corte señaló que éstos emplearon un argumento que no con-ducía al esclarecimiento de la verdad de lo sucedido. ICBF debe proteger al menor Ante todas estas circuns-tancias, la Corte también or-denó al Bienestar Familiar, con sede en Cartagena, que de manera inmediata realice las diligencias necesarias para amparar a la menor e imponga con una medida cautelar de protección contra toda forma de abuso por parte de su pa-dre.

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