Cartagena


Embargan recursos al Distrito de Cartagena por equivocación de juzgado

JOSÉ RAFAEL MOLINA RAMÍREZ

19 de diciembre de 2011 12:01 AM

En este caso se evidencia claramente que el Distrito está pagando los platos rotos por las acciones judiciales emprendidas contra una aseguradora, con la cual la Administración mantiene contratos, por lo cual ésta le administra varias cuentas bancarias por el recaudo de impuestos.
La jefa de Jurídica del Distrito, Erica Martínez, señaló que todo este embrollo jurídico se inicia con una demanda que interpusieron contra la Fiduciaria la Previsora, entidad con que el Distrito tiene un contrato de encargo fiduciario desde el 2001.
Resulta que en virtud a esa demanda contra la Previsora, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena ordenó el embargo de las cuentas de esta entidad, en la que cayeron varias del Distrito por cuanto la fiduciaria las administra, pero que no son de su propiedad.
A juicio de Martínez, el Distrito no hace parte de ese proceso judicial, pero aún así le fueron embargadas las cuentas que posee con la fiduciaria, a pesar que se certificó que los dineros que reposan en esas cuentas son de la administración y no de  La Previsora.
Ante esta situación, el Distrito remitió una solicitud de desembargo de las cuentas, pero corre el riesgo que se sigan embargando otras y quede la situación así, dado que la mayoría de juzgados de la ciudad solo laborarán hasta hoy y retornan a mediados de enero del 2012.
Además señala, la Jefa Jurídica que el juzgado tampoco le ha dado la oportunidad al Distrito de defenderse en el curso del proceso, máxime que ni siquiera es un caso donde no hace parte, pero que se ha visto afectado.
La situación se torna más grave por parte del Juzgado, dado que esas cuentas manejan recursos de rentas incorporadas en el presupuesto General de la Nación, las cuales las hacen inembargables y aún el ente judicial profirió el embargo de las mismas.
Señala la División Jurídica del Distrito que la norma establece que los funcionarios judiciales se abstendrán de decretar órdenes de embargo cuando no se ajusten a lo dispuesto en la norma en mención, so pena de mala conducta.
“En este orden de ideas está demostrado la ilegalidad de la decisión proferida por su despacho (Juzgado Segundo) puesto que, con algo más que mediana claridad se ha establecido que la orden de embargo ha afectado las cuentas del Distrito, teniendo en cuenta las certificaciones que en ese sentido reposan en el expediente”, dice la comunicación enviada por Martínez al juzgado, quien señaló que esta orden puede ocasionar un evidente detrimento patrimonial al Distrito de Cartagena y que en caso de no decretarse el desembargo se realizarán las denuncias pertinentes a los órganos de control.


Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS