Cartagena


En Cartagena el pico y placa es para todos

MIGUEL MONTES CAMACHO

11 de junio de 2012 12:01 AM

Ser miembro de la Fuerza Pública o funcionario oficial no exime del cumplimiento del pico y placa ni de ninguna otra norma de tránsito en Cartagena.
Al respecto, el director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte del Distrito (DATT), Edilberto Mendoza Goez, explica que “los decretos de pico y placa para motos y carros tienen excepciones para ciertos funcionarios o profesionales, pero en cualquier caso estos deben tramitar un permiso ante el organismo de tránsito, el cual los faculta para circular sin restricción alguna por las vías de la ciudad”.
Advierte que para obtener este permiso especial, el solicitante no puede tener deudas por multas de tránsito. Adicionalmente tiene que presentar su licencia de conducción y la documentación en regla de su automotor.
Así pues, cuando un policía, militar, senador, magistrado o concejal sea sorprendido en hora de restricción sin el permiso requerido, su vehículo debe ser inmovilizado y además se le impone una multa de $283.350. (Lea más noticias sobre pico y placa en Cartagena).
Las autoridades y funcionarios públicos somos los primeros llamados a respetar las normas de tránsito, de manera que evitemos algunos hechos de-sagradables en los que personas que pese a ser autoridad se resisten a cumplir las leyes”, afirma Mendoza.
No a tramitadores
El DATT pide a los cartageneros que no se dejen engañar por los tramitadores que les ofrezcan permisos de pico y placa a cambio de dinero.
El Director de esta entidad distrital señala: “Las personas que consideran que están dentro de los eximidos, pueden solicitar sus permisos para que el DATT evalúe si es procedente o no la entrega del mismo”.
El Tránsito Distrital reporta que también están tras la pista de inescrupulosos que se dedican la falsificación de estos permisos, y advierte que estos pueden ser denunciados ante la Fiscalía General de la Nación por el delito de falsedad en documento público.
¿Qué dice la gente?
Los seguidores de El Universal en la red social Facebook, dieron su opinión sobre el respeto que existe de parte de miembros de la Fuerza Pública y funcionarios hacia las normas de tránsito en Cartagena.
Katy Ríos opina: “Es que ellos (uniformados y funcionarios) son los que deben poner el ejemplo, las leyes deben empezar por ellos para que la sociedad las cumpla porque es un ejemplo que ellos dan, pero aquí los servidores públicos se pasan las leyes por las narices. Así son ellos”.
Neil Zúñiga Carrillo comenta: “Diariamente los veo y de los policías en sus motos particulares sin ninguna clase de documentación ni hablemos, esos son los campeones. Los viernes sin moto y en los puestos de control (si es que los paran) simplemente dicen ‘soy propio’ y listo, eso reemplaza tecnicomecanica, SOAT, licencia, permiso y documentos de la moto. ¿Quién ca-rajos le pondrá fin a tanta ‘sinvergüenzura’?.
“Aquí en Cartagena las normas solo deben cumplirlas el civil o ciudadano del común que no tenga ningún título político”, Nestor García.
Excepciones pico y placa
Excepciones para motos: El Decreto 1140 de agosto de 2011 que establece restricciones para la circulación de motos, tiene las siguientes excepciones:
“...A los miembros de la Fuerza Pública, autoridades de tránsito, Fiscalía General de la Nación, notificadores de juzgados y tribunales, personal de entidades estatales, personal de los orga-nismos de socorro, escoltas en ejercicio de sus funciones, personal de empresas de seguridad privada, de mensajerías, droguerías, y restaurantes, todos ellos deberán estar debidamente identificados con carnés originales de visibles comprobación...”.
Excepciones para particulares: El Decreto 1138 de agosto de 2011 exceptúa del pico y placa para particulares a los siguientes: Vehículos de la Fuerza Pública, Fiscalía, Personería Distri-tal, Contraloría, Procuraduría, Gobernación de Bolívar, Alcaldía de Cartagena, Alcaldías Locales, empresas de seguridad privada, Cruz Roja, Defensa Civil, Bomberos, ambulancias, carros fú-nebres, transportadores de valores, automotores que movilizan discapacitados, médicos en ejercicio de sus funciones, vehículos escolares de propiedad de instituciones educativas, transportadores de residuos hospitalarios  y distribuidores de medicamentos.
La restricción tampoco aplica para vehículos de uso exclusivo de jueces, magistrados, cónsules, embajadores, congresistas, concejales de Cartagena y diputados de Bolívar.
Cabe anotar que para que la excepción se haga efectiva, se requiere del permiso que otorga el DATT.

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