Cartagena


Fiscalía pide demoler parte de Hotel Dann, pero juez niega la petición

La audiencia fue solicitada por la Fiscalía para solicitar el restablecimiento del derecho de la ciudad sobre un bien que considera de uso y que motivó también una investigación penal contra la alcaldesa de Cartagena, Judith Pinedo; directivos del Hotel Dann y ex funcionarios del Distrito pr el delito de peculado por apropiación y celebración indebida de contratos.
En la larga y controvertida audiencia realizada ayer y que culminó promediando las 10:30 de la noche, la Fiscalía solicitó la nulidad  de la venta realizada y materializara la demolición de lo construido en 311 metros cuadrados por parte del Hotel Dann al considerar que se vendió y se construyó sobre predios considerados de uso público.
Según el fiscal 16 seccional de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública, Álvaro Hernández Pianeta, se dio una venta sobre un bien de uso público, en especial un sector de playa, pese a las advertencias que tenía el Distrito por parte de la Capitanía de Puerto y la Dimar de que ese bien no podía ser sujeto de negociación.
Además, el Fiscal expresó en la audiencia que el contrato tiene vicios de ilegalidad porque no reúne los requisitos exigidos por la ley, entre ellos que el avalúo del bien fuese efectuado por un perito experto y adscrito a la lonja, el cual no se dio en este caso. Así mismo, argumentó que la declaratoria de bien baldío sobre el lote vendido es ilegal y que se incumplió un Acuerdo Distrital que trata sobre las ventas de los lotes baldíos de la ciudad.
Sin embargo, el procurador delegado para asuntos penales, Juan Carlos Cabarcas, precisó que no era posible atender los requerimientos de la Fiscalía, debido a que en esta etapa del proceso resultaba problemático proceder a la demolición de una infraestructura construida sobre el terreno en debate, sobre la cual no se ha logrado determinar responsabilidad penal sobre los investigados, dado que dicho proceso está apenás en marcha.
A su juicio no todo está dicho en este proceso y por ello se debía comprobar a futuro la responsabilidad de los investigados.
Entretanto, el abogado defensor de la alcaldesa, Enrique del Río, refutó y se opuso a las pretensiones de la Fiscalía, argumentado que no existe ningún delito en este proceso, pues lo que existe es una disparidad de criterios sobre el tema de bienes baldíos y bienes de uso público.
Asegura que la Fiscalía mostró unas pruebas consistentes en dictámenes de la Capitanía de Puerto, los cuales no son precisos y se debate aún si éstos hacen referencia a la misma porción de terreno objeto de la controversia.
También agregó que el juez penal no es competente para definir sobre la legalidad de la declaratoria como bien baldío del que fue objeto el terreno vendido.
Casi con similares argumentos expusieron los demás defensores de los indagados, resaltando, entre otras cosas, que no era la Dirección Marítima y Portuaria, Dimar, ó la Capitanía de Puerto las autoridades competentes para determinar si un lote es baldío o no, ya que dicha competencia en Cartagena recae sobre el Distrito.
Salustiano Fortich, uno de los defensores del Hotel, señaló que compartía el criterio de la Procuraduría y que lo presentado por la Fiscalía creó una confusión en la audiencia, dado que los actos administrativos que respaldan la venta y la declaratoria de baldío del terreno gozan de legalidad y nadie la ha rebatido ante las autoridades competentes.

Apelaron
La Fiscalía Seccional apeló la decisión y será un juez del Circuito con Funciones de Conocimiento que resuelva el caso.
Así mismo la Procuraduría apeló la decisión en la referente a una medida de protección y orden de reubicación decretada a favor de una persona que usufructúa parte del lote en controversia.

Ordenan proteger a ocupante

Pese a no acceder a la demolición solicitada por la Fiscalía, el Juez, Isaías Hincapie, ordenó al Distrito abstenerse de desalojar a Juan Useche, una persona que tenía un negocio en parte del terreno del debate y que actúa como víctima en el proceso.
Según el Juez, a esta persona, el Distrito debe garantizarle su reubicación, pues goza de  confianza legítima porque tenía una concesión  aprobada para el uso de una zona de playa.
 

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