Cartagena


Freno a imprudencias en el Corredor de Carga

MIGUEL MONTES CAMACHO

30 de abril de 2012 12:01 AM

Ante las quejas constantes de conductores y peatones, el Distrito comenzará a ejercer desde esta semana controles estrictos para evitar el parqueo de tractomulas en sitios no autorizados del Corredor de Carga de Cartagena.
Los operativos están a cargo del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) y también contemplan sanciones para los conductores que excedan los límites de velocidad o carguen y descarguen mercancías en esta vía principal.
Quienes se estacionen en zonas peatonales se exponen a la imposición de una multa y la inmovilización de sus vehículos.
Las medidas que adoptará el organismo de tránsito están incluidas en el Decreto 0215 de 2002, la cual regula el tráfico de vehículos pesados en el Corredor de Carga.
MEDIDAS
El director del DATT, Edilberto Mendoza Goez, recuerda que el Corredor de Carga es la única vía autorizada en Cartagena para el ingreso de vehículos de dos ejes, con capacidad registrada de diez o más toneladas de peso bruto, y ocho más metros de longitud.
Así mismo recalca que los vehículos de carga pesada que lleguen a la ciudad por las carreteras de la Cordialidad o Troncal de Occidente, deben tomar la Variante de Mamonal con destino al Corredor de Carga, tomando la misma ruta para su retorno.
“Los conductores de vehículos de carga pesada deben recordar que cuando vayan a realizar cualquier servicio en Cartagena, a través del Corredor de Carga, hacia los lugares de destino de la carga lo deben realizar en los horarios de 9 a.m. a 11 a.m.; de 3 a 5 p.m. o de 8 p.m. a 5 a.m del día siguiente”.
SIN ESCOLTA
El DATT advierte que cuando un vehículo de carga deba transitar fuera del Corredor de Carga debe obtener un permiso, el cual se debe solicitar con un día de antelación.
“Lo anterior se sustenta en que debe verificarse la forma en que se llevaría a cabo el acceso al lugar propuesto y determinarse que el recorrido no genere traumatismos en las vías urbanas”, señala el Tránsito Distrital.
El Director del DATT aclara que “no es cierto que se requiera el servicio de escolta motorizada para la circulación de vehículos pesados, ya que con el permiso basta”.
El servicio de escolta motorizado solo se utiliza cuando la carga que se transporta es extradimensionada o cuando por las características de esta sus responsables solicitan la prestación de este servicio.
Este trámite se surte de igual forma ante la Dirección del DATT, en Marbella.

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