Cartagena


Impuesto predial con descuentos de hasta 30% para pago en 2011

GERMÁN GÓMEZ POLO

04 de enero de 2011 12:01 AM

En 2011, los cartageneros que se dispongan a pagar el impuesto predial recibirán beneficios tributarios con la firma del Decreto 1258 de 2010, por medio del cual entran en vigencia los descuentos tributarios.
Para tal efecto, la administración Distriral configuró estos descuentos teniendo en cuesta el principio de equidad, estipulado en el artículo 363 de la constitución, que señala que es posible cobrar un valor menor en impuestos a quien percibe menores ingresos y gravar con uno mayor a quien percibe mayores ingresos.
De esta manera los incentivos por pronto pago del impuesto predial fueron diferenciados en descuentos para predios de uso residencial y para predios de uso no residencial, en lo que figuran los utilizados para uso comercial, industrial, institucional o lotes de engorde.
Los constribuyentes propietarios de un bien inmueble de uso residencial y que se encuentren al día en su impuesto predial tiene derecho a un descuento del 30% de este, en vigencia de 2011, siempre que el impuesto sea cancelado antes de 28 de febrero de este año.
Para los propietarios de predios de uso no comercial, el descuento será del 10% en las mismas condiciones, si es cancelado antes del 28 de febrero de 2011.
Aquellos contribuyentes propietarios de un bien inmueble de uso residencial y que se encuentren al día en su impuesto predial, tienen derecho a un descuento del 30% del Impuesto Predial de la vigencia 2011, siempre y cuando cancelen su impuesto antes del 28 de febrero de 2011.
Otros incentivos
Según Roberto Useche Vivero, secretario de Hacienda Distrital, también fue diseñada una política de incentivos para aquellos que aún están en mora en el pago de impuesto. Esto con el fin de incentivar y estimular la recuperación de la cartera y para que los ciudadanos se pongan al día con la Administración.
Para predios de uso residencial:

  • Los propietarios que cancelen el 30% de su Impuesto Predial en mora antes del 28 de febrero, tienen derecho a acceder a un descuento del 10% en el impuesto predial de 2011.
  • Si abonan un 50% de su impuesto en mora antes de que finalice febrero, tienen derecho a un descuento del 15% en su Impuesto Predial de 2011.
  • Si abonan un 70% del impuesto en mora, podrán acceder a un descuento del 20% para el 2011, y si se ponen al día tienen derecho al máximo descuento que es del 30% para la vigencia 2011, si lo hacen antes del 28 de febrero de 2011.
Para predios de uso no residencial:

  • Si el contribuyente propietario de este tipo de bien abona el 30% de su Impuesto Predial en mora, tiene derecho a un descuento del 5% en la vigencia 2011, si lo hacen antes del 28 de febrero.
  • Si cancelan el 70% de su impuesto en mora, tienen derecho a un descuento del 8% en el Impuesto Predial del 2011, esto si cancelan antes del 28 de febrero.
  • Si se ponen al día y cancelan la totalidad de su impuesto vencido, antes del 28 de febrero, tienen derecho al máximo descuento para este tipo de bienes inmuebles, que es del 10%.
     

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