Cartagena


Indemnización mínima para familia de un electrocutado

Una humilde familia de Cartagena tendrá que conformarse con lo determinado por el Tribunal Superior de Cartagena. No obtendrían ni siquiera el 5% de la indemnización que esperaban recibir por las afectaciones de salud recibidas por uno de sus miembros.
Su esperanza era que la Corte Suprema de Justicia accediera a la petición que se revisara el fallo del Tribunal Superior de Cartagena, el cual solo ordenó a Electrocosta S.A E.S.P (hoy Electricaribe) que pague como indemnización $485 mil por la incapacidad y $15 millones por perjuicios morales, que deben ser actualizados con intereses desde el año 2000 hasta la fecha.
El hecho por el cual reclama la familia de Rafael Antonio Moreno Hernández sucedió el 28 de febrero de 2000, cuando éste señor al tratar de pasar por un sendero con una carreta cargada de frutas que vendía en el Coliseo de Ferias Fulgencio Segrera, de Cartagena, trató de apartar unas piedras que le obstaculizaban el camino recibiendo una fuerte descarga eléctrica que le ocasionó graves quemaduras de II y III grado y la rotura de su brazo izquierdo.

LES PARECE POCO
Ante el poco monto que reconoció como indemnización, la familia interpuso una tutela contra el Tribunal reclamando el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia y solicitó que se ordenara la revisión del fallo y que se les reconociera y pagara el lucro cesante a que tienen derecho, de acuerdo a las pruebas obrantes en el expediente.
Igualmente solicitó el reconocimiento y pago del perjuicio fisiológico o daño a la vida de relación que padece dicho señor, y por el cual, ha visto limitadas sus actividades vitales, las que le generaban un goce en los placeres de la vida, por lo que ha ido perdiendo la alegría de vivir.
Debido al trámite de la tutela, el Tribunal Superior respondió que en la sentencia emitida por éste se hizo un análisis cuidadoso de las pruebas del proceso y que no hubo error al valorar las mismas,  tales como son los dictámenes y exámenes médicos.
Sin embargo, la Corte Suprema al resolver la tutela consideró que éste mecanismo no puede convertirse en una instancia más en el proceso, considerando además que no se vislumbra una flagrante violación en la valoración de las pruebas.
Esta tutela va a su revisión ante la Corte Constitucional, la última esperanza que le queda a la familia de obtener una indemnización justa.

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