Cartagena


Investigan posibles sobrecostos en obras de la Transversal 54

ANÍBAL THERÁN TOM

08 de febrero de 2011 12:01 AM

La contratación de la Transversal 54, cuyas obras se iniciaron en marzo de 2006 y aún no han sido entregadas,  sigue dando de qué hablar. Según la Contraloría Distrital, por la falta de planeación se han gastado $10 mil millones por encima de lo que se presupuestó.
La obra, cuestionada por veedurías y el Consejo Gremial de Bolívar, según la Contraloría Distrital no debió ser anexada al contrato del Corredor de Carga, sino que el Distrito, en su momento, debió abrir una licitación pública para evitar un detrimento patrimonial.
La Contraloría Distrital, en un informe preliminar que conoció este medio, determinó varios hallazgos, que en esta semana deben ser respondidos por Valorización Distrital, interventor natural del contrato de Concesión del Corredor de Carga.
“El informe preliminar que se envió a Valorización Distrital como resultado al proceso auditor contempla que se pudo evidenciar que ese contrato fue otorgado a dedo, toda vez que legalmente no se permitía que se anexaran contratos distintos al del Corredor de Carga, en ese momento”, dijo el contralor distrital, Hernando Sierra Porto.
“Se contrató alegando un fallo de una acción popular que pedía que se colocaran señales de tránsito, arreglaran andenes para evitar accidentes a los peatones en el año 2006. Nació bajo un viso de ilegalidad porque este tipo de contratos no podían realizarse. Se hubiera podido contratar por licitación pública, a unos mejores precios. El hecho es que  se contrató por $4.900 millones, y hoy va por el orden de los 16 mil millones. La Contraloría ha elevado ese hallazgo como disciplinario y va ordenar la apertura de una indagación preliminar para determinar el monto del posible daño fiscal. Además, se hizo el contrato bajo el esquema de contratación de la Concesión Vial, que opera el Corredor de Carga, el cual tiene establecida una tasa interna de retorno del 17,22%, tasa que es muy alta porque la del mercado está muy por debajo. También se detectó que la Administración permitió que este contrato se desarrollara sin haber contratado una interventoría que hiciera control y seguimiento”, dijo Sierra Porto.
Según Sierra, con ese contrato, debido a la inversión de la Concesión Vial, se aumentan los años de operación de las vías, lo que significa que los peajes seguirán funcionando para garantizar la recuperación de esa inversión y realizar mantenimientos al Corredor de Carga.

Preparan respuestas
El director del Departamento Administrativo de Valorización Distrital, Germán Fonseca, precisó que hace días conoció el informe de la Contraloría y que con el equipo de funcionarios preparan respuestas. “Mucho de lo que se dice se ha corregido y aclarado. Todo se consignará en un documento que se enviará a la Contraloría”, dijo.
Señaló que la Transversal 54 debe estar lista para julio de este año si se logran superar algunos inconvenientes que no dependen del concesionario, entre ellos las dificultades para reubicar las redes eléctricas y de acueducto, y algunas negociaciones de terrenos pendientes.
Con respecto al aumento del tiempo de la operación del Corredor de Carga, Fonseca estima que puede llegar al año 2018 ó 2019, y hay firmas que estudian la fecha en que se cumple.
“La Transversal se inició en el 2006, pero la parte de diseños. Las obras, en el 2008.

“Papa caliente”
Este medio consultó al dirigente William Mourra Babum, representante gremial de Aciem, quien dijo que el contrato de la Transversal 54 “es una papa caliente tanto para la Fiscalía como para la Procuraduría, quienes ya están investigando los hechos y creo que los funcionarios sinvergüenzas que participaron en este asalto, que es lo nunca visto en la contratación colombiana, no van a salirse con la suya. Los grandes cerebros de semejante despropósito son abogados internos, externos y ex asesores del Distrito, pero nosotros estamos asesorados por uno de los más renombrados penalistas del país y en su oportunidad daremos el nombre. El concesionario piensa que todos somos brutos, afirmando cada vez que se ve encerrado que toda inversión hay que recuperarla, lo que es cierto pero en sus justas proporciones y no con mayores costos del orden del 30-35% en el tiempo”, dijo.


Las cartas de AciemLa Asociación Colombiana de Ingenieros, (Aciem), ha denunciado ante Transparencia por Colombia, Fiscalía, Procuraduría y al Distrito, las posibles irregularidades existentes en el contrato de la Transversal 54.
Según Aciem, las obras de la Transversal 54 se pagan hoy en $45.000 millones porque en octubre de 1997, la inflación estaba en el 17,5%, intereses bancarios en el 49% y la devaluación por encima del 20% anual. Pero hoy, esos precios que recorren el flujo de caja están entre un 30% y 45% por encima de los precios del mercado.
“Es que si bien es cierto que el contrato principal contempla en su cláusula 19 la forma para calcular los precios de obras complementarias, no es menos cierto que las condiciones económicas del país para el año 1997 eran totalmente diferentes a las de hoy, lo que indefectiblemente obliga a que antes de autorizar una obra nueva es necesario renegociar las condiciones para evitar detrimento patrimonial contra el concedente. Eso en lenguaje constitucional se define como Lesión Enorme y fue lo que no quisieron corregir funcionarios de la anterior Administración y de la actual”.

Antecedentes
Por medio de una Acción Popular instaurada por el abogado Joaquín  Torres, se obligó al Distrito a iniciar la adecuación de la Transversal 54 (Avenida  de El Bosque), mediante un fallo proferido el 9 de marzo de 2006 por el Consejo  de Estado. El fallo ordena que “el Distrito deberá adecuar las medidas de los andenes y  separadores de la vía Transversal 54, construir los separadores que se  requieran teniendo en cuenta las intersecciones y accesos más importantes”.
El contrato principal para la construcción del Corredor de Acceso a la Variante de Cartagena fue firmado a través del Departamento Administrativo de Valorización Distrital el 31 de diciembre de 1998.
La concesión tenía como finalidad la realización de los estudios y diseños definitivos, la construcción de las obras, el mantenimiento y operación del corredor vial.
Posterior a la celebración del contrato del “Corredor de Acceso Rápido a la  Variante de Cartagena”, se suscribieron 9 adendos (otrosíes), siendo el último el 11 de septiembre de 2006.

Los hallazgos
Los hallazgos reportados por la Contraloría son:
Durante el desarrollo a la evaluación de la gestión fiscal del concedente en el contrato de Concesión VAL-0868804, el Departamento Administrativo de Valorización Distrital no aportó en forma oportuna la documentación solicitada, debido a que no ha implementado la Ley 594 de 2000- Ley de Archivos en lo referente a la organización de la memoria institucional de la entidad, en especial la del proceso contractual del Contrato de Concesión. Hallazgo Administrativo con alcance Disciplinario.

No hay interventoría
Según la Contraloría, el Departamento Administrativo de Valorización Distrital, (DAVD), no contrató la Interventoría Técnica y Administrativa para la ejecución de las obras correspondientes al OTROSI N° 9; lo anterior en el período de octubre 2 de 2006 al 15 de mayo de 2009; es decir, de los 36 meses del término del Otrosí en cuestión, ocasionando un deficiente control a la ejecución del Otrosí 9 durante los 31 meses y 13 días que fue ejercido directamente por el DAVD; lo anterior debido a debilidades en el control interno del Distrito y gestión de él como concedente, observándose que esta Interventoria no fue contratada como lo establece el numeral 1° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. Hallazgo administrativo con alcance disciplinario.

Sin control
De acuerdo al informe de la Contraloría Distrital, la Oficina de Control Interno del Distrito de Cartagena de Indias, durante el desarrollo del Contrato de Concesión VAL-0868804, no realizó el seguimiento para determinar la calidad de los procedimientos y valorar la pertinencia de los resultados obtenidos en la auditoría practicada al contrato de concesión. Hallazgo administrativo.

Obras sin planeación
Dice la Contraloría, que las obras contempladas en el Otrosí N° 9, no tuvieron la debida planeación por parte del Distrito, no se contó con los estudios previos, tanto en tiempo como en inversión se dio curso a la improvisación, en razón a que las actividades contractuales se fueron modificando durante el desarrollo del contrato inicial y estas alteraron sustancialmente el objeto del Adicional N° 9, el cual era el cumplimiento de las obras ordenadas por el Tribunal Administrativo de Bolívar cuyo costo inicial de $4.975.968.334 a precio de octubre de 1997, se encuentra actualmente en una inversión realizada por el concesionario de $15.631.518.640,84 a precio de octubre de 1997 y a la fecha no se han ejecutado el total de las obras motivo del adicional N° 9, por ende se eleva este hallazgo administrativo con alcance disciplinario, por la violación de los artículos 25 y 26 de la Ley 80 de 1993, y artículo 209 de la Constitución, en cuanto al principio de economía.

Financiación
El Distrito de Cartagena de Indias-Departamento Administrativo de Valorización Distrital, suscribió el Otrosí N° 9 (11 de septiembre de 2006), fecha en la que el concesionario del Corredor de Carga está en la etapa de operación plena, la cual se inició el 25 de julio de 2001, y durante el desarrollo de la misma es irregular realizar obras complementarias tal y como lo aprobó el Distrito.
“Adicional a eso para realizar estas mal llamadas obras complementarias de dicho Otrosí del contrato de concesión VAL-0868804, el Distrito no podía aprobar la financiación con los recursos previstos en el Contrato de Concesión, en su Cláusula décima novena: obras complementarias. El cual reza: “(…;) El Concedente compensará el precio de éstas obras con cargo a los recursos de la cuenta de excedentes de peajes y/o aportes del Concedente si los hubiere y/o con recursos de la cuenta de peaje que se obtuvieren antes de la suscripción del acta de inicio de la etapa de operación”. Como ya anotamos anteriormente, esta obra no es complementaria. En razón a lo anterior, las obras correspondientes al Otrosí N° 9 tenían que ser financiadas con recursos del Distrito y/o con otro mecanismo de financiación que no fuera el que se utilizó en este proceso, contrariando lo establecido en la Ley 105 de 1993 y la clausula Decima del Contrato VAL-0868804, por lo que este hallazgo administrativo tiene alcance disciplinario, por violación de la normatividad señalada y fiscal porque se generó un presunto detrimento a los recursos del Distrito. Sin embargo la cuantía se analizará y determinará dentro de la solicitud de indagación preliminar de este hallazgo, el cual se surtirá desde la Dirección de responsabilidad fiscal.

 

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