Cartagena


Las restricciones también son para los coches

EL UNIVERSAL

02 de abril de 2012 02:38 PM

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, reiteró la vigencia del decreto 0481 de 2008, mediante el cual se toman medidas respecto al tráfico vial en Cartagena con el objetivo de garantizar un desplazamiento satisfactorio en la ciudad durante Semana Santa.
Las medidas estarán vigente hasta el lunes 9 de abril de 2012 y cobija al servicio público colectivo individual (taxis) como colectivo (buses y busetas) que transitan por el Centro Histórico; Bocagrande, El Laguito, Castillogrande, Crespo, El Cabrero y Marbella.
La administración Distrital tomará nuevas medidas respecto al tráfico vial en esta zona turística de la ciudad durante la Cumbre de las Américas.
La medida vigente establece que los taxis, buses y busetas que circulen en y hacia la zona de Bocagrande y en el Centro Histórico lo harán de la siguiente manera:
Los días pares, solo podrán circular los vehículos en placas terminadas en número par.
Los días impares, solo podrán hacer los vehículos que terminen en número impar.
El citado decreto también establece que las busetas y buses que tengan el acceso restringido por el número de su placa llegarán hasta la entrada de Bocagrande, a la altura de la glorieta y retornarán por la avenida Santander hacia Marbella y seguirán su ruta normal con destino a sus turnos.
Los vehículos taxis que tengan acceso restringido que circulan en Bocagrande solo podrán llegar hasta la carrera décima frente al Batallón de Infantería de Marina y de ahí deberán retornar hacia Bocagrande, Laguito o Castillogrande.
La nota restringe el tránsito de buses ejecutivos, busetas y chivas de turismo en el sector El Laguito, siempre y cuando se presenten congestionamiento por la presencia de vehículos particulares de visitantes. El DATT y la Policía tomarán las medidas del caso.
También se restringe el parqueo de vehículos de servicios especiales de circulación nacional en los sectores de Crespo, Bocagrande,Castillogrande, Laguito, Centro Amurallado, Boquilla, Crespo, Avenida Santander, Calle Real de El Cabrero y en demás zonas turísticas de la ciudad.
Estos vehículos (de circulación nacional) deben entrar a zonas turísticas y hoteleras dejar a los turistas y retirarse para ubicarse en parqueaderos.
Así mismo, la norma restringe el tráfico de vehículos de carga con capacidad igual o superior a tres toneladas en Castillogrande, Bocagrande, El Laguito, Crespo y Marbella en horario comprendido entre las 9 de la mañana hasta las 8 de la noche.
También quedó restringido la circulación de coches turísticos para el ingreso y salida de Bocagrande entre las 4 de la tarde hasta las 7 de la noche.
El pico y placa para vehículos particulares se mantiene.
La norma establece una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes para quienes incumplan las medidas adoptadas.

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