Cartagena


Matrimonios entre más de dos personas están prohibidos en Colombia

MIGUEL MONTES CAMACHO

31 de agosto de 2012 12:01 AM

El único matrimonio permitido por la legislación colombiana es el que se da entre un hombre y una mujer. (Lea aquí: Corte analizará demanda que busca que parejas del mismo sexo puedan adoptar).
Esta aclaración la hizo en Cartagena el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García, quien añadió que “lo que existe en los casos de unión de parejas del mismo sexo en Colombia es un contrato, más no un matrimonio”.
El funcionario advirtió además que la unión nupcial en el país solo es posible entre dos personas, no entre tres o más.
Esta última afirmación la hizo ante las preguntas de periodistas de Cartagena, quienes se refirieron al caso de un matrimonio entre tres personas en una ceremonia civil realizada en la ciudad brasileña de Sao Paulo.
Según la agencia de noticias AFP, la ceremonia formalizó la unión de dos mujeres y un hombre en una notaría del interior del estado de Sao Paulo, a través de un documento que establece qué hacer en caso de separación y que regula su patrimonio.
La notaria que firmó el documento, Claudia Do Nascimento Domingues, declaró a la AFP que se limitó a "formalizar" lo expresado por las tres personas a través de una "escritura pública de unión poliafectiva", para lo cual no existe ningún impedimento legal. Aclaró que el documento no abordó asuntos de herencia, porque eso está regulado por ley.
Congreso debe legislar
En mayo de este año la Corte Constitucional dio a conocer la Sentencia C-577 del 2011, la cual da plazo al Congreso de la República hasta el 20 de junio de 2013 para legislar sobre el reconocimiento de las uniones entre parejas del mismo sexo.
“Si el 20 de junio de 2013 el Congreso de la República no ha expedido la legislación correspondiente, las parejas del mismo sexo podrán acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su vínculo contractual”, señala la sentencia.
Para Colombia Diversa, organización defensora de los derechos de la comunidad de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transexuales e Intersex (LGBTI) “este fallo es trascendental porque reconoce a las parejas del mismo sexo como familias y define un estándar mínimo de protección constitucional para ellas, que es el que deberá tener en cuenta el Congreso a la hora de regular el matrimonio igualitario para las parejas del mismo sexo”.
Pueden heredar
El 22 de marzo de 2012 la Corte Constitucional emitió la sentencia C-238 de 2012, la cual resolvió una demanda de constitucionalidad contra varios artículos del Código Civil que regulaban el régimen jurídico de la sucesión por causa de muerte.
La Corte determinó en esta sentencia que los compañeros permanentes del mismo o distinto sexo tienen derecho a heredar a su pareja cuando esta fallezca, de la misma forma que hasta este momento lo hace el cónyuge sobreviviente.

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