Cartagena


Niegan tutela a ex congresista que pretendía aumento de pensión

Por lo pronto, el ex congresista bolivarense Luis Eduardo Vargas Moreno deberá conformarse con la pensión que le otorgó el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, la que considera demasiado baja. Fue la Corte Constitucional la que al revisar una tutela, declaró improcedente la petición solicitada por el ex congresista, que pretendía echar atrás la resolución del Fondo de Previsión Social del Congreso que le reconoció una pensión de aproximadamente $3.500.000, la que permanece vigente. Este debate judicial se inició cuando el ex congresista consideró que tal reconocimiento de pensión no se ajustaba a las leyes, pues debían reliquidar y ajustar su pensión y por ello acudió a una tutela alegando violación a sus derechos a la igualdad, debido proceso, salud, mínimo vital y seguridad social en conexidad con el derecho a la vida. Aseveró que en la actualidad no tiene ingreso económico alguno, que debido a problemas de salud que padece, no está en condiciones de ingresar a un empleo que le permita subsistir de manera digna y apropiada a su estatus de congresista. La Corte Constitucional señaló que la supuesta afectación al mínimo vital del ex congresista lejos está de ocurrir. En primer término, porque la entidad demandada indicó que éste recibe como monto mensual de la pensión de jubilación en el año dos mil nueve (2009), la suma de $ 3’534.009, lo cual desvirtúa la afirmación realizada. A juicio de la Corte, se trata de un ingreso importante que, en principio, permite claramente inferir que es suficiente para soportar las cargas económicas encaminadas a mantener la subsistencia en condiciones dignas, mientras la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo decide si el régimen legal aplicable para efectos de liquidar la pensión vitalicia de jubilación debe ser el de los congresistas previsto en el Decreto 1359 de 1993 o, si en su defecto, fue atinada la resolución que le concedió la pensión. Es por tal circunstancia que deniega la tutela, pues existe otro mecanismo para controvertir la decisión del Fondo de Pensiones del Congreso.

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