Cartagena


No hay pruebas sobre peligro por depósito de armas en Tierrabomba

El Tribunal Administrativo de Bolívar confirmó una decisión judicial mediante la cual se abstiene de obligar a la Armada Nacional que realice un estudio de riesgo, de vulnerabilidad y prevención de desastres que mitigue cualquier atentado contra la seguridad del Distrito, en especial de la isla Tierrabomba. A juicio del Tribunal, no hay pruebas que demuestren que la existencia de un depósito de material militar en Tierrabomba se constituya en un peligro potencial para los habitantes. Además el demandante, un habitante de la isla, no pudo probar que tal bodega de material militar no reúna las condiciones mínimas de seguridad o que se apartara de los protocolos establecidos para el tratamiento de este tipo de depósitos, ó que el lugar no sea un sitio apropiado para ello. Esta decisión surgió luego del trámite de una acción popular, con la cual se pretendía ordenar a la Armada Nacional y al Distrito de Cartagena efectuar todas las actuaciones tendientes a garantizar el derecho a la seguridad y prevenir cualquier desastre que se pueda presentar con una posible explosión del depósito militar. La Armada Nacional respondió a la demanda alegando que el polvorín o depósito que funciona en Tierrabomba está destinado a guardar los materiales de guerra electrónica para sus buques o corbetas, pero que el mismo cuenta con un sistema máximo de seguridad, que está cercado, aislado y es protegido por una compañía de infantería de marina. También alega que no hay riesgo ni peligro para los habitantes, toda vez que las piezas electrónicas para misiles y torpedos que allí se guardan no se activan por sí solos, además que aclaró que en los casi 20 años que llevan en esa isla no ha habido ningún tipo de accidente y que la falta de conocimiento acerca de lo que opera especialmente en el área militar es lo que ha generado temor en los habitantes. En una primera instancia, el Juzgado Noveno Administrativo de Cartagena denegó la petición efectuada, la cual fue confirmada por el Tribunal, quienes expresaron que el demandante solo se dedicó a señalar un presunto peligro, pero no demostró tal hecho.

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