Cartagena


Ordenan intervenir el viejo puente Heredia en Cartagena

JOSÉ JAVIER SARMIENTO M.

16 de diciembre de 2011 12:01 AM

Según lo determinado en un fallo de primera instancia de una acción popular, este puente, considerado monumento histórico de Cartagena se encuentra en completo deterioro y abandono y amenaza con desplomarse.
Este puente también se conoce como el de la Media Luna o puente de Revellín de la Media Luna y está ubicado justo al lado del nuevo Puente Heredia, saliendo del Centro.
Ante su deprimente situación, el Juzgado Noveno Administrativo atendió las pretensiones expuestas por Miguel Pinedo Romero, quien demandó al Distrito y al IPCC para que recuperen este patrimonio de la ciudad.
Sin embargo, durante el transcurso del proceso y como se denota en la sentencia de primera instancia, existe un tira y jala entre el Distrito, el IPCC y el Ministerio de Cultura y debatían sobre la entidad responsable de efectuar las obras del caso. Todas argumentaban no tener responsabilidad alguna.
A pesar de reconocer su naturaleza histórica, el Distrito le respondió al juzgado, que el tratamiento, manejo y restauración del viejo puente está en cabeza del Ministerio de Cultura en coordinación con el IPCC.
Entre tanto el IPCC argumentó que ese monumento fue incluido en el Plan Especial de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, Pemp, que es un instrumento de gestión para la preservación, protección y sostenibilidad de la ciudad, vista como patrimonio histórico de la humanidad.
Señala que una vez se culmine la formulación del Pemp se inscribirá el mismo ante el Plan Nacional de Recuperación de Centros Históricos y será beneficiario de recursos que asigne el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Compes.
Pero el IPCC señala que la obligación directa de restauración de bienes históricos no es de su competencia y que las obras a realizarse están sujetas a lo que se determine en el Pemp.
El Ministerio de la Cultura por su parte  señala que a quien le toca realizar las intervenciones del caso es al Distrito, para lo cual debe solicitar autorización a ese ente nacional.
Reitera que al Ministerio solo le compete analizar y estudiar el proyecto que para tal fin remita el ente territorial, señalando además que el Distrito recibe recursos del IVA a la telefonía móvil para ejecutar proyectos tendientes a la restauración, conservación y protección de bienes que hacen parte del patrimonio cultural de la Nación.
Al concluir, el Juzgado determinó que el deterioro, la falta de protección y descuido del viejo puente vulneran el derecho colectivo a la defensa del patrimonio cultural de la Nación. Critica la gran concentración de basuras y que este bien sea utilizado por personas como sitio para realizar sus necesidades fisiológicas de manera permanente.
Por todas las dificultades que afronta este puente, el ente judicial consideró que  tanto el Distrito como el IPCC tienen la responsabilidad de intervenir este bien histórico.
Sin embargo, las entidades demandas apelaron la decisión judicial al no compartir los argumentos del juez y ahora le toca darle punto final a este debate al Tribunal Administrativo de Bolívar.
El IPCC, según su directora Irina Junieles, no tiene obligación directa para ejecutar obras de restauración de ese puente, ni ejecuta obras públicas y que están a la espera de lo que se defina la Alcaldía a través del Pemp.

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