Cartagena


Piden revocatoria de intervención a la Secretaría de Salud de Bolívar

REDACCIÓN CARTAGENA

29 de junio de 2009 12:01 AM

La Gobernación de Bolívar interpuso recurso de reposición contra la resolución 737 de 2009, a través de la cual la Superintendencia Nacional de Salud intervino el pasado jueves a la Secretaría de Salud del departamento. Además, pidió que la medida sea revocada totalmente y que se ordene el archivo del expediente respectivo. En el recurso, dirigido por el secretario de Salud de Bolívar, Víctor Romero Redondo, al superintendente, Mario Mejía Cardona, la Administración departamental expone una decena de argumentos sobre los cuales fundamenta su solicitud de revocatoria de la intervención. Además de la revocatoria total de la intervención, el recurso pretende también modificar la decisión por inaplicable y, en su defecto, optar por la imposición de un plan de mejoramiento o por adelantar otro procedimiento administrativo, según sea el caso. Afirma el recurso que de llegar a evidenciar la Supersalud indebido cumplimiento de las obligaciones legales por parte de la Secretaría de Salud, el camino pertinente es llegar a la veracidad de dichas presunciones por medio de un procedimiento diferente a la intervención técnica administrativa. Considera el secretario de Salud, Víctor Romero Redondo, que de acuerdo con el procedimiento y los resultados del informe, lo pertinente frente a los hallazgos es la adopción y establecimiento de un plan de mejoramiento. Este recurso debe ser estudiado por la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que en próximos días emitirá concepto definitivo sobre el particular. LOS ARGUMENTOS En primera instancia —advierte el recurso—, la Secretaría de Salud de Bolívar es una dependencia de la organización administrativa de la Gobernación del departamento y no una Dirección Territorial de Salud, sobre la cual sí tendría capacidad de intervención la Supersalud. A partir del anterior argumento, el documento expresa que la intervención técnica administrativa constituye una vía de hecho frente al Departamento, toda vez que constitucional y legalmente las competencias, funciones y responsabilidades en materia de seguridad social en salud están en cabeza del ente territorial. Agrega la reposición que constitucional y legalmente el departamento es un ente territorial, descentralizado y con autonomía administrativa, por tanto y en atención al punto anterior, la intervención técnica administrativa desconoce principios y fundamentos del Estado colombiano. El recurso subraya que la Superintendencia Nacional de Salud en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control no tiene competencia para intervenir y mucho menos liquidar a un Departamento, ni a una Secretaría de Salud. A juicio del secretario departamental de salud, la inadecuada estructuración de los hallazgos hacen que la intervención carezca de sustento técnico, probatorio y jurídico, porque algunos de ellos adolecen de evidencias, análisis y adecuación típica respecto a la norma presuntamente violada; situaciones que hacen que las opiniones y pronunciamientos de la Supersalud no correspondan a la realidad de la Secretaría.

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